Compraron una camioneta 4×4 y descubrieron que el kilometraje estaba adulterado: la Justicia ratificó una fuerte condena

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una condena contra un intermediario y una concesionaria oficial por la venta de una camioneta 4×4 usada cuyo kilometraje había sido adulterado antes de concretarse la operación. Además, el tribunal resolvió elevar las indemnizaciones para los compradores al considerar acreditado el engaño y el daño sufrido.

El caso comenzó cuando una pareja compró una camioneta usada en una agencia y recibió la información de que el vehículo tenía cerca de 160.000 kilómetros recorridos. Según les aseguraron durante la venta, la unidad se encontraba en buenas condiciones y contaba con servicios realizados en talleres oficiales.

Sin embargo, poco después de la compra decidieron realizar una revisión técnica en una concesionaria oficial y allí descubrieron una importante irregularidad: registros previos indicaban que apenas semanas antes el vehículo había ingresado al taller con más de 198.000 kilómetros. La diferencia superaba los 33.000 kilómetros y evidenciaba una manipulación del odómetro.

Tras detectar la maniobra, los compradores iniciaron acciones legales y denunciaron el hecho ante Defensa del Consumidor. En la demanda reclamaron compensaciones por daño moral y daño punitivo, argumentando que fueron inducidos a concretar la operación mediante información falsa sobre el estado real del vehículo.

En primera instancia, la Justicia había condenado tanto al intermediario como a la concesionaria a pagar indemnizaciones económicas. No obstante, la causa llegó a la Cámara Comercial luego de que ambas partes apelaran el fallo: los compradores consideraban insuficiente la compensación, mientras que la concesionaria sostenía que no había intervenido directamente en la venta.

Finalmente, la sala F de la Cámara confirmó la responsabilidad de los involucrados y resolvió incrementar las sumas fijadas originalmente. Los jueces entendieron que existió una violación al deber de información previsto en la Ley de Defensa del Consumidor y remarcaron que la adulteración del kilometraje afectó la confianza y tranquilidad de quienes adquirieron el rodado.

El tribunal elevó el resarcimiento por daño moral a dos millones de pesos para cada comprador. Además, dispuso una multa civil de otros dos millones de pesos contra el intermediario por considerar que tuvo conductas evasivas y dilatorias frente a los reclamos posteriores.

La Cámara, sin embargo, diferenció el grado de responsabilidad de la concesionaria y decidió excluirla de la sanción por daño punitivo, aunque mantuvo su obligación de responder solidariamente por los perjuicios ocasionados durante la operación comercial.