Pese a las criticas del sector empresarial, el Senado convirtió este jueves en ley la normativa que regula el teletrabajo, en momentos en que la modalidad está en expansión como consecuencia del aislamiento social y obligatorio que rige en el país por la pandemia de coronavirus.
En ese contexto, empresarios de diversos sectores cuestionaron la sanción de la norma por considerar que desalienta la contratación de empleados ante la arbitrariedad de algunos puntos de la ley como la reversibilidad, que permite que el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación.
Para Luis Galeazzi, director ejecutivo de Argencon, la entidad que nuclea a empresas de la economía del conocimiento, se trata de una ley negativa. “Es una pena que teniendo la posibilidad de votar una ley moderna para atraer trabajo, se haya votado una norma que no genera competitividad ni generación de empleo”, afirmó.
A su turno, Miguel Blanco, coordinador del Foro de Convergencia Empresarial y Director de Swiss Medical consideró que la ley tiene incongruencias y falta de razonabilidad. “Creo que es una ley muy mala. Lo que logra es dasalentar el teletrabajo. Hay puntos incomprensibles e inaplicables como la reversibilidad de un día para el otro sin aviso previo”, afirmó.
A través de un comunicado, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) señaló que algunos aspectos de la ley sancionada resultan “contrarios al desarrollo” del teletrabajo y consideró un error “la regulación de cuestiones del futuro con conceptos del pasado”.
“El hecho de que el empleado puede disponer en cualquier momento el regreso a las tareas presenciales –caso contrario, puede considerarse despedido– obliga al empleador a contar con instalaciones ociosas –disponibles en caso de que el trabajador quiera ejercer esa opción– lo que encarece sensiblemente los costos del teletrabajo. Las jornadas de trabajo con horarios rígidos, en tanto, no permiten adaptarse a los diversos husos horarios de los países de destino de las exportaciones de servicios”, apuntó la CAC.
Cabe destacar que la ley entrará en vigor pasados los 90 días contados desde la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), para darle un margen de tiempo a los empleadores a adecuarse a las mayores exigencias que demandará el nuevo marco normativo.
Este período de adaptación hasta que entre en vigencia la ley fue una de las razones por las que los senadores de la oposición votaron en contra tras la negativa del oficialismo a hacerle cambios.