Los legisladores mandato cumplido Alfredo Marchioli y Fernando Navarro cuestionaron la validez de la Resolución 124/2025, mediante la cual el Ministerio de Desarrollo Productivo autorizó a EC SAPEM a continuar incluyendo la Tasa de Ocupación del Espacio Aéreo (TOEA) en las facturas de los usuarios.
Según plantearon, el Ministerio no tendría competencia como autoridad de aplicación del contrato de concesión de EC SAPEM y, por ese motivo, sostienen que la resolución podría ser alcanzada por una causal de nulidad.
El planteo se realiza en el marco de la causa judicial iniciada por el traslado de la TOEA a los usuarios, que quedó en condiciones de resolución definitiva. Marchioli y Navarro señalaron que el Ministerio recibió funciones regulatorias y de control del ex EN.RE., pero no la condición de autoridad de aplicación del contrato de concesión.
“Primero apareció una autorización cuatro meses después de que fuimos a la Justicia. Ahora advertimos algo todavía más grave: el Ministerio que la firmó no tiene competencia contractual para autorizar ese traslado”, sostuvo Marchioli.
Navarro explicó que, a su criterio, la falta de competencia podría afectar la validez del acto administrativo. “La competencia es un requisito esencial de cualquier acto administrativo. Si un organismo autoriza algo para lo cual no tiene facultades, esa resolución podría ser nula”, afirmó.
Además, Marchioli cuestionó que la resolución pueda justificar los cobros realizados con anterioridad a su emisión. “Una autorización posterior no puede justificar todo lo que EC SAPEM ya venía cobrando antes”, sostuvo.
Los dirigentes reiteraron su postura de que la TOEA, vinculada a la ocupación del espacio aéreo mediante postes, cables e infraestructura de la distribuidora, debería ser absorbida como parte de los costos de la empresa y no trasladada a los usuarios.
“La Resolución 124 no solucionó el problema: lo agravó”, afirmó Marchioli, quien insistió en que, según su planteo, el cobro de la tasa a los usuarios resulta indebido.





