La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos de Catamarca resolvió modificar parcialmente una resolución vinculada al desafuero del diputado José Javier Galán. La lectura de los fundamentos será el próximo lunes 21 de septiembre.
San Fernando del Valle de Catamarca.– La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos emitió un pronunciamiento en el marco del expediente “R” N.º 100/2026, relacionado con el recurso de apelación presentado por el abogado defensor de José Javier Galán.
Según consta en la cédula de notificación fechada el 14 de septiembre de 2026, el tribunal resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación y, en consecuencia, revocar parcialmente el Auto Interlocutorio N.º 436/2026, dictado por el Juzgado de Control de Garantías de Cuarta Nominación.
Uno de los puntos centrales de la resolución establece dejar sin efecto la solicitud de desafuero del diputado José Javier Galán en relación con la investigación por los presuntos delitos de amenazas calificadas por el uso de armas y exacciones ilegales, contemplados en los artículos mencionados en el pronunciamiento judicial.
Al mismo tiempo, la Cámara resolvió confirmar parcialmente el auto anterior respecto de la solicitud de desafuero vinculada con el presunto delito de peculado de trabajos o servicios, previsto y penado por el artículo 261, segundo párrafo, en función del artículo 45 del Código Penal.
La resolución fue adoptada por mayoría y lleva las firmas de los integrantes del tribunal que intervinieron en el pronunciamiento.
Lectura de los fundamentos
La Cámara fijó para el lunes 21 de septiembre de 2026, a las 12:30, el acto de lectura de los fundamentos del pronunciamiento.
De esta manera, la resolución conocida este 14 de septiembre marca una definición parcial sobre el pedido de desafuero de Galán, mientras resta conocer en detalle los fundamentos que llevaron al tribunal a adoptar esta decisión.





