Afip: más de 24.000 monotributistas pueden reducir su carga tributaria

Son personas que pueden pasar al régimen general ya que sus ingresos brutos excedieron los límites establecidos o registraron ventas con tarjetas que superaron los máximos previstos en la normativa. ¿Cuáles son los beneficios para monotributistas?

La AFIP informó hoy que hasta el 31 de diciembre más de 24.000 monotributistas pueden realizar la transición al régimen general, con una menor carga tributaria y administrativa.

“Los contribuyentes contactados son personas que están en condiciones de ser excluidos del monotributo ya que, por ejemplo, sus ingresos brutos excedieron los límites establecidos o registraron ventas con tarjetas que superaron los máximos previstos en la normativa”, indicó el organismo recaudador a través de un comunicado.

En la misiva que recibieron los contribuyentes se aclara que “pueden optar por convertirse en autónomos de forma voluntaria, y de esta forma acceder a mayores beneficios administrativos y la reducción de los costos tributarios establecidos por la ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes”.

“La normativa generó un puente entre el régimen simplificado y el régimen general con la intención de facilitar la transición aliviando la diferencia de la carga tributaria que existe en ambos universos”, recordó la AFIP.

Beneficios ley 27.618 para monotributistas

Desde la sanción de la ley, todos los monotributistas que se convierten en autónomos experimentan una “reducción significativa en la carga tributaria que consiste en créditos fiscales para IVA y gastos deducibles para Ganancias de hasta un 50% del monto tope de ingresos del monotributo”.

Aquellas personas que realicen el cambio hasta el 31 de diciembre de 2021 experimentarán beneficios fiscales adicionales durante tres años, con una reducción del saldo deudor que surja de la diferencia entre el débito y el crédito fiscal en cada período.

El organismo aclaró que para llevar a cabo la modificación de la condición tributaria y acceder a los beneficios, los contribuyentes deben entrar al portal de monotributo en https://monotributo.afip.gob.ar.

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