Un aguinaldo en agosto para pocos privilegiados

En la gran mayoría de las provincias argentinas, la abogacía estatal responde a una lógica elemental de transparencia: quien defiende al sector público recibe un salario financiado por los contribuyentes, y su retribución se agota en ese sueldo presupuestado.

Cobrar un plus sobre lo recuperado equivale a percibir una doble contraprestación por una misma tarea, una distorsión ética que la normativa general bloquea de cuajo para resguardar las arcas comunes.

La idea es lógica: el abogado del fisco se desempeña bajo las reglas del empleo público y carece de un derecho de propiedad absoluto sobre las costas, siendo la Administración la acreedora natural del éxito judicial.

Sin embargo, los límites que rigen en el resto del territorio parecen haber encontrado una excepción insólita en nuestra bienamada Catamarca, donde la creatividad burocrática logró torcer principios legales consolidados.

 A través de un dictamen conjunto, trucho porque no pasó por la Legislatura y se armaron las reglas de juego ellos mismos, la Fiscalía de Estado y la Agencia de Recaudación Catamarca (ARCA) diseñaron un andamiaje administrativo a la medida de sus propios intereses corporativos.

Mediante resoluciones de las que ya hablamos en alguna ocasión, los popes de estos organismos establecieron un “régimen de estimación administrativa y distribución de honorarios profesionales” orientado a canalizar recursos derivados de ejecuciones fiscales directas hacia cuentas de reparto interno.

El mecanismo apela a una pirueta retórica llamativa, ya que el propio documento oficial cita la jurisprudencia de la Corte Suprema que condiciona y limita este tipo de percepciones, para luego relativizarla mediante un conveniente “sin perjuicio de lo manifestado”.

Valiéndose de sus facultades de organización interna, los muchachos crearon pozos de distribución de dinero entre ellos que habilitan un ingreso adicional sobre los procesos de cobro tributario y medidas cautelares.

Esta burda maniobra desnaturaliza el rol de la representación legal del Estado, transformando una función pública de control en una estructura con evidentes incentivos de recaudación privada.

La gravedad de la situación escaló de la teoría normativa a la práctica financiera, confirmándose que ya se habrían hecho efectivos los cobros de los primeros beneficios bajo este esquema. Se trata de la distribución de una suma millonaria concentrada en un puñado de pocos privilegiados, quienes se auto otorgaron este sobresueldo premium de espaldas a la austeridad que se le exige al resto de la sociedad.

Mientras el circuito burocrático simula normalidad, la transferencia real de fondos convalida un mecanismo de enriquecimiento corporativo que transforma el apremio fiscal en una unidad de negocios selecta y altamente rentable.

El impacto económico de esta “avivada” administrativa recae de manera directa sobre el eslabón más débil de la cadena productiva: los comerciantes, empresarios PYME y trabajadores locales asfixiados por la crisis económica actual. En una provincia donde el discurso oficial pregona el alivio fiscal y el apoyo a los sectores productivos, la realidad de la casta expone una voracidad implacable.

Quien cae en la morosidad no solo debe afrontar el capital adeudado y los intereses punitorios destinados al erario público, sino también un recargo del diez por ciento proyectado para engrosar los bolsillos de los pícaros.

Esta distorsión genera un escenario preocupante denunciado de manera implícita por entidades como la Unión Comercial, dado que el quiebre o la dificultad financiera de un contribuyente se convierte en una oportunidad de ganancia para los funcionarios.

La opacidad del mecanismo plantea una pregunta ineludible sobre el grado de conocimiento o aval que el Poder Ejecutivo otorga a estas cajas sectoriales autónomas.

Mientras nosotros escribimos, ellos disfrutan. Y con razón, a quién no le gustaría recibir un “aguinaldo” de cinco o diez milloncitos en agosto.

Nos quedan, eso sí, algunas dudas sin resolver.

Por caso, ¿cómo es que se quedan con un porcentaje de lo recaudado en ejecuciones, si en la provincia están suspendidas las ejecuciones?

La Ley Provincial Nro. 5790 de la Provincia de Catamarca estableció una suspensión temporal del inicio y la continuación de juicios por ejecuciones fiscales y medidas cautelares impositivas en todo el territorio provincial. Fue sancionada por la Legislatura y promulgada bajo el mandato del gobernador Raúl Jalil, con una vigencia de 150 días y es de agosto de este año, de manera que sigue vigente.

Otra duda… ¿pagarán Ganancias con los fabulosos ingresos que diseñaron para ellos mismos estos privilegiados?

Las normas están ahí, las irregularidades expuestas, y lo más sano y justo sería que anulen ese sobresueldo ilegítimo, que devuelvan lo que cobraron y que se denuncie este accionar.

Si hubiera un poco de decoro, además, deberían renunciar a sus cargos, algo que podría solicitar el mismo gobernador, si es que está al tanto de estas jugadas.