La Justicia ordenó suspender el decreto firmado por el presidente Javier Milei que permitía la venta de medicamentos en cualquier local comercial, por fuera de las farmacias tradicionales.
La decisión se dio tras una medida cautelar solicitada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA). El fallo deja sin efecto la autorización para comercializar dos tipos de medicamentos —analgésicos y antiácidos— fuera de las farmacias, tal como lo había habilitado el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.
En detalle, la Justicia dispuso la suspensión de los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU y de todas sus reglamentaciones y modificaciones posteriores.
De esta forma, con la nueva medida judicial, se restablece el régimen anterior: los medicamentos mencionados sólo podrán venderse en farmacias habilitadas y bajo la supervisión de profesionales farmacéuticos.