En la mañana de este viernes se realizó la audiencia de expresión de agravios ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, en el marco de la causa en la que el exjefe del Departamento Jurídico del Registro de la Propiedad Inmobiliaria, Paulo Ibáñez, fue sobreseído por inexistencia de hecho.
Tras la audiencia, el abogado defensor Sebastián Ibáñez explicó que la apelación fue presentada por la Fiscalía de Estado, luego de que el juez de Control de Garantías N° 1, Armando Francini, resolviera el sobreseimiento del exfuncionario al considerar que no existían pruebas que acreditaran su participación en los hechos investigados.
La causa se originó por la supuesta orden que Paulo Ibáñez habría impartido a dos empleadas del organismo para no inscribir un inmueble adquirido por un particular, con el presunto objetivo de evitar que fuera embargado por acreedores. Según la defensa, la investigación demostró que el exfuncionario no se encontraba en su lugar de trabajo el día en que habría ocurrido el hecho, ya que permanecía aislado en su domicilio por la pandemia, además de remarcar que los testimonios presentaban contradicciones y que no existía ninguna prueba objetiva, como llamados telefónicos o mensajes, que respaldara la acusación.
El abogado también cuestionó que el fiscal de la investigación, Carlos Corradi, no apelara el sobreseimiento y sostuvo que fue la Fiscalía de Estado la que impulsó el recurso con el único objetivo de impedir que la resolución quede firme.
En ese sentido, afirmó que la confirmación del sobreseimiento tendría consecuencias en la demanda contencioso-administrativa iniciada por Paulo Ibáñez contra el Estado provincial, luego de haber sido exonerado de su cargo. Según indicó, si la resolución queda firme, el exfuncionario podría obtener la nulidad del decreto de exoneración, su reincorporación al cargo y el pago de los salarios caídos.
Durante la audiencia, la defensa sostuvo que la Fiscalía de Estado no logró refutar los argumentos del sobreseimiento ni presentar pruebas que vinculen a Ibáñez con el hecho investigado. Además, señalaron que uno de los integrantes del tribunal solicitó precisiones a los representantes del organismo sobre el alcance concreto de su planteo.
Por su parte, Paulo Ibáñez manifestó que afronta el proceso con tranquilidad porque asegura ser inocente y consideró que la continuidad de la causa responde únicamente a una estrategia dilatoria.
“El juez fue contundente al sostener que el hecho no existió. Si el hecho no existió, no se entiende por qué continúa esta persecución hacia mi persona”, expresó.
La Cámara de Apelaciones dará a conocer su resolución el próximo 13 de agosto. En caso de confirmar el sobreseimiento, la Fiscalía de Estado aún podrá recurrir en casación. Si, por el contrario, la resolución es revocada, la defensa adelantó que solicitará la realización del juicio oral para demostrar la inocencia del exfuncionario.




