Desde hoy se conocerá el listado de monotributistas que gozarán del beneficio de los créditos a Tasa Cero destinado al consumo. La asistencia consiste en un crédito a tasa 0% y a costo financiero total 0%.
Cómo se obtiene el crédito y cómo se devuelve
La instrumentación depende de la decisión de la AFIP y la devolución será en 12 cuotas desde noviembre y se descuenta de la misma tarjeta de crédito como si fuera una compra en 12 cuotas.
Quien tome $150.000 devolverá de octubre 2020 a Septiembre 2021 $12.500.
Este A.M.A. (Asistencia a Monotributistas y Autónomos) se realizará de manera operativa desde la clave fiscal de cada contribuyente el dia lunes 27/04.
Desde el portal WEB de AFIP, con la respectiva clave fiscal de cada contribuyente, se realizará un parámetro impositivo de facturación electrónica mensual que será informado mediante el domicilio electrónico.
La AFIP va a comunicar, mediante un listado por la Ventanilla Electrónica, a los monotributistas y autónomos que califican para el crédito que tienen la opción de aceptarlo. Dicho organismo le va a informar la lista de beneficiarios, inmediatamente, al Banco Central. Este instará a las entidades bancarias que tendrán 2 días hábiles para acreditar el monto del crédito en las tarjetas de crédito de los beneficiarios.
Esta acreditación en las tarjetas de créditos será una especie de saldo limite en las tarjetas.
Los beneficiarios no bancarizados, podrán acceder a una cuenta a la vista para poder comprar en comercios hasta la cancelación del total del crédito otorgado, salvo que el cliente solicite expresamente con anterioridad la baja.
Las entidades bancarias no pueden cobrar por la emisión de la tarjeta, ni por su mantenimiento y deber arbitrar todos los mecanismos agiles para la distribución de las nuevas tarjetas.
Una vez que la AFIP informa el listado de beneficiarios, las entidades bancarias no pueden hacer ningún tipo de cuestionamiento ni rechazar los giros de los créditos por deuda alguna de los contribuyentes.
El crédito será entregado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
Asimismo, la entidad bancaria va a retener en concepto de las cuotas mensuales del impuesto normal y mensual al monotributo y al autónomo el monto correspondiente de cada tarjeta y será depositado al AFIP.
Durante la vigencia del crédito, en el caso de aquellos beneficiarios no cumplan con la reglamentación, la entidad bancaria tiene la facultad de retirar los fondos de la tarjeta de crédito.
Es importante aclarar que No van a tener en cuenta para otorgar el crédito los siguientes puntos de los contribuyentes:
- No van a tener en cuenta parámetros patrimoniales (ser titular de rodados, inmuebles, embarcaciones etc.)
- No van a tener en cuenta el Grupo Familiar.
- Está expresamente prohibido hacer adelantos en efectivo.
A continuación, ejemplificaremos en un cuadro el ingreso bruto anual, el monto de crédito otorgado y el valor de la cuota a depositar.
El crédito será depositado a cada contribuyente en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
Así también, Quedan afuera del crédito a tasa cero:
- Monotributo Categoría A y B que fueron beneficiarios de IFE, quedan afuera del Crédito.
- Monotributo o Autonomos que le facturan al sector público nacional, provincial o municipal, quedan afuera del Crédito.
- Monotributo que esta en relación de dependencia, quedan afuera del Crédito.
- Monotributo que a su vez es jubilado o pensionado, quedan afuera del Crédito.
- Monotributo que hayan hecho compra mayor al 80% de sus ingresos promedio mensual, quedan afuera del crédito.
- Monotributo que el monto de la facturación electrónica del período 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fuese SUPERIOR/MAYOR al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado según la siguiente tabla, quedan afuera del Crédito:
- Los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni tampoco podrán comprar dólares para atesoramiento.
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