Presentan acción de amparo colectiva contra el decreto que designa al Defensor del Pueblo en Catamarca

El diputado provincial Hugo Daniel Ávila presentó una acción de amparo colectiva contra el Estado Provincial de Catamarca, solicitando la suspensión de los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 719/2025 y del Decreto Acuerdo G y S 781/2025, mediante los cuales se modificó el procedimiento de designación del Defensor del Pueblo y se nombró, sin intervención legislativa, al Dr. Dalmacio Mera en dicho cargo.

Ávila sostiene que el Ejecutivo incurrió en un “procedimiento oscuro y fraudulento”, al designar al Defensor del Pueblo por decreto, sin la correspondiente participación de la Cámara de Diputados. Según el legislador, esto representa una violación a los principios republicanos de división de poderes, consagrados tanto en la Constitución Nacional como en la Provincial.

Denuncia de Inconstitucionalidad e Inconvencionalidad

En la presentación judicial, se argumenta que el DNU 719/2025 viola los artículos 1 y 5 de la Constitución Nacional, así como tratados internacionales de derechos humanos que exigen que la restricción de derechos se realice mediante leyes formales aprobadas por órganos legislativos democráticamente elegidos. También se invoca jurisprudencia local e internacional, y se destaca que el acto administrativo no ha sido publicado en el Boletín Oficial, como exige la ley provincial.

“El decreto se dictó sin una situación de emergencia que lo justifique, a pocos días del inicio de las sesiones ordinarias, lo que vuelve aún más cuestionable su legitimidad”, sostiene el legislador en su demanda. Además, se denuncia la intervención indebida del Ministro de Gobierno, quien —según el artículo 160 de la Constitución Provincial— carece de iniciativa legislativa para este tipo de decisiones.

Pedido de Medida Cautelar y Nulidad

La acción de amparo solicita la suspensión inmediata de la aplicación del decreto y que se impida tomar juramento al funcionario designado. Alega que su ejecución causaría un “daño inminente e irreparable” a los derechos de los ciudadanos, al alterar el procedimiento institucional previsto para garantizar la transparencia y legitimidad en la designación de cargos clave como el de Defensor del Pueblo.

Además, el escrito enfatiza que los decretos dictados de forma irregular pueden ser considerados nulos de nulidad absoluta, lo que compromete la legalidad de todos los actos derivados de ellos.

Reserva del Caso Federal

Ante una eventual negativa del Poder Judicial provincial, Ávila reservó el caso federal para recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, argumentando que se están violando derechos fundamentales protegidos por la Constitución y por tratados internacionales con jerarquía constitucional.