Coronavirus: el pago de las facturas de gas cayó más del 50% en todo el país

Ocho distribuidoras informaron fuertes caídas en la recaudación. Las atribuyeron al cierre de bancos, sucursales y locales para abonarlas. 

Ocho distribuidoras de gas de todo el país reportaron fuertes caídas en la recaudación durante fines de marzo y comienzos de abril, que atribuyeron, en su mayor parte, al cierre de los bancos, sucursales y locales para pagar facturas, como Rapi Pago y Pago Fácil. Esta modalidad de cobro concentra más de la mitad de las transacciones, apenas bancarizadas.

De acuerdo con datos de las empresas, relevados por la Asociación de Distribuidoras (Adigas), las caídas son generalizadas. Y se sintieron, sobre todo, hacia fines de marzo, antes de la apertura paulatina y parcial de locales para pagar las boletas.

En promedio, las nueve distribuidoras del país registraron una caída de la recaudación del 67,3% en la última semana de marzo y del 51,6% en la primera de abril.

Metrogas y Naturgy, las distribuidas de Capital Federal y el Gran Buenos Aires informaron que el impago de facturas fue del 70 y el 75%, respectivamente, a fines de marzo. A comienzos de este mes, hubo cierto repunte. De todas formas, la caía de la recaudación era del 60 y el 55%, respectivamente.

Ambas empresas dijeron  que más de la mitad de las facturas se abonan de manera presencial en bancos, sucursales y, generalmente, en locales de Rapi Pago y Pago Fácil. Estos puntos concentran entre el 86 y el 91 por ciento de los pagos físicos del área metropolitana. La reapertura de algunos locales de pago alivió, en parte, las arcas de las distribuidoras.

En una situación similar se encuentran Camuzzi Pampeana y del Sur, que brindan servicio en las provincias de Buenos Aires y La Pampa y en la Patagonia. Camuzzi Gas Pampeana registró mermas del 60 y el 58% en las semanas de las dos semanas completas de cuarentena. El pago presencial en estas empresas ronda el 71% y nueve de cada diez facturas se abonan en los locales Rapi Pago o Pago Fácil.

Adigas, la cámara sectorial, instó a la población a pagar sus facturas y, en lo posible, a recurrir al home banking, las billeteras virtuales y otros medios electrónicos. “Las empresas cuentan con los recursos que surgen de las facturas mensuales de gas que sostienen no sólo el pago de salarios, los costos de operación y mantenimiento, la realización de inversiones en seguridad sino que también aportan los recursos para toda la cadena de valor del sector (incluyendo productoras y transportistas) y para el Estado nacional, provincial y municipal, puesto que una parte de las facturas corresponde a impuestos que son especialmente necesarios en este contexto de pandemia”, sostuvo.

Y recordó que el Gobierno dispuso excepciones para el pago de servicios, pero que alcanzan a los sectores más vulnerables de la población. Al respecto, el interventor del Ente Regulador del Gas (Enargas), Federico Bernal, dijo en un comunicado: “La gente que puede pagar los servicios debe hacerlo, porque de esa forma se colabora con aquellos y aquellas que sí están imposibilitados de hacerlo, además que también contribuimos a frenar la caída de la recaudación por parte de las distribuidoras, porque la situación en este punto de la cadena de pagos también es grave”.

Quiénes pueden postergar el pago de la factura

El DNU prohíbe cortar el servicio a quienes adeuden hasta tres facturas, por 180 días. La población alcanzada por la normativa es la siguiente:

* Titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

* Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

* Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.

* Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia con remuneraciones brutas de hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

* Monotributristas con ingresos anuales mensualizados que no superen los dos salarios mínimos.

* Titulares de seguros de desempleo.

* Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.

* Empleados y empleadas de casas particulares.

* Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

*Usuarios no residenciales como micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por la emergencia; cooperativas; instituciones de salud; y entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí