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Acordaron que las suspensiones de trabajadores tendrán un 25% de rebaja salarial

El Gobierno nacional, la UIA y la CGT decidieron que tendrá vigencia por los meses de abril y mayo. La reducción se aplica en el sueldo neto.

La UIA y la CGT llegaron a un acuerdo con el Gobierno para definir el tope del descuento salarial de los trabajadores suspendidos por falta de tareas: será del 25% del sueldo neto y se plasmará en un decreto o resolución que servirá como orientación para las negociaciones que mantienen empresarios y sindicalistas durante abril y mayo.

El entendimiento, que se cerró luego de intensas tratativas que terminaron este lunes, permitirá que quienes no tengan tareas como producto de la cuarentena podrán ser suspendidos y cobrarán una suma que no podrá ser menor al 75% del salario, alternativa que ya acordaron en distintas actividades, pero ahora se evitará la actual dispersión de porcentajes de baja de sueldos y este esquema se complementará con el pago del 50% del salario por parte del Estado que fijó el decreto 376.

La CGT planteó el martes pasado que que si el Estado pagará el 50% del sueldo de quienes están hoy sin tareas, el otro 50% podrían abonarlo las empresas para que los trabajadores puedan percibir sus salarios completos. La UIA rechazó esa propuesta porque considera que no sería justo que un empleado que no está trabajando cobre lo mismo que alguien que está cumpliendo sus tareas. Para intentar una solución, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, propuso entonces que ambas partes y el Gobierno definieran un piso de porcentaje salarial para las suspensiones que se ubique entre el 50% que proponen los empresarios y el 100% que pretenden los gremios, señaló Infobae.

Desde que se agravó la crisis económica por la cuarentena se presentaron ante el Ministerio de Trabajo 120 acuerdos de empresas y sindicatos que pactaron suspensiones pagas y la preservación de las fuentes de trabajo, de acuerdo con el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Si bien los despidos y las suspensiones están prohibidas desde el 31 de marzo por el decreto 329, en la misma norma, al incluir se contempla la posibilidad de que acuerden de manera individual o colectiva las suspensiones a cambio de una retribución no remunerativa si hay falta o disminución del trabajo.

Fuente: Infobae

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