Las empleadas domésticas recibirán un aumento salarial del 10% en enero de 2024, correspondiente al último tramo del acuerdo firmado en octubre de 2023. Este incremento, que alcanza el 32% en total, configura un respiro para las trabajadoras en medio de la incertidumbre que vive el sector.
El aumento se aplicará a todas las cinco categorías laborales establecidas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP). Para la categoría de supervisora, el salario mensual con retiro será de $213.159,3, mientras que con retiro será de $237.435,5. Para la categoría de personal para tareas específicas, el salario mensual con retiro será de $198.037, mientras que con retiro será de $220.256. Para la categoría de caseros, el salario mensual sin retiro será de $193.217. Para la categoría de cuidado de personas, el salario mensual con retiro será de $193.217, mientras que con retiro será de $215.320. Finalmente, para la categoría de personal para tareas generales, el salario mensual con retiro será de $173.758, mientras que con retiro será de $193.217.
Una de las principales preocupaciones de las empleadas domésticas es la escasez de mano de obra. Según un informe de la Unión de Trabajadores Domésticos (UTDT), en los últimos años se ha producido una reducción de la cantidad de personas que se desempeñan en este sector. Esta situación se debe a una serie de factores, como el envejecimiento de la población, la mayor incorporación de mujeres al mercado laboral y la falta de reconocimiento social y económico del trabajo doméstico. Es necesario que se tomen medidas para aumentar la oferta de mano de obra, regular el sector y garantizar los derechos de las trabajadoras domésticas.
Según su antigüedad, las empleadas domésticas tendrán los siguientes días de vacaciones:
- Menos de 6 meses: 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
- De 6 meses a 5 años: dos semanas.
- De 5 a 10 años: tres semanas.
- De 10 a 20 años: 28 días.
- Más de 20 años: 35 días.
Las empleadas domésticas que no cumplieron aún los seis meses de trabajo, deberán contar sus días de vacaciones según el siguiente esquema:
- Entre 4 y 7 semanas trabajadas: 1 día de vacaciones.
- Entre 8 y 11 semanas: 2 días de vacaciones.
- Entre 12 y 15 semanas: 3 días de vacaciones.
- Entre 16 y 19 semanas: 4 días de vacaciones.
- Más de 20 semanas: 5 días de vacaciones.
En todos los casos, los días de vacaciones se podrán tomar entre el 1.º de noviembre y el 30 de marzo de cada año.