Violador fue beneficiado con prisión domiciliaria para evitar el contagio de coronavirus en la cárcel

La Justicia decidió otorgarle el beneficio de prisión domiciliaria a un condenado por violación. En su resolución, los jueces reconocieron que es probable que el presidiario intente fugarse o incluso cometer nuevos delitos, pero aún así coincidieron en que es prioritario garantizarle el derecho a la salud.

Por primera vez un tribunal describió cómo podría ser el contagio si el virus entra a los establecimientos del sistema penitenciario en un escenario de “superpoblación”. Y, tras ese análisis, adoptó una decisión polémica: le concedió prisión domiciliaria a un hombre que hace apenas un mes había sido condenado por delitos sexuales a la pena de seis años de prisión.

“Resulta previsible que si la enfermedad logra colarse en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza existe un alto riesgo de que se produzca un masivo y simultáneo contagio de los internos allí alojados, poniendo en especial peligro a aquellos que ostenten un grado mayor de vulnerabilidad a sus efectos”. En ese “hipotético -aunque posible- escenario se impone como única solución preventiva” que las cárceles cuente “entre sus filas con la menor cantidad de personas de riesgo”. ¿Por qué? Porque los hospitales de cada complejo “carecen de recursos humanos y técnicos para hacer frente a la demanda”, los presos no podrían ser trasladados y sobrecargaría el sistema público de salud, sostuvo la resolución al a que accedió Infobae.

“Fútil e inocuo encuentro el dato -a este día y hora incierto- que por el momento no se han detectado casos de contagio en las unidades carcelarias, pues esa realidad puede cambiar en un abrir y cerrar de ojos”, se advirtió.

El fallo fue firmado el viernes pasado por el Tribunal Oral Federal 5 de San Martín, a cargo de los jueces María Claudia Morgese Martín, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini.

El acusado se llama Miguel Ángel Holotte y había sido condenado, en un juicio abreviado, el 28 de febrero pasado, a la pena de 6 años de prisión. Su delito: “Abuso sexual con acceso carnal -por vía oral, en el cual la víctima no pudo consentir libremente la acción -reiterado en dos oportunidades”, junto al de promover la “corrupción de menores de dieciocho años” y “facilitación y divulgación de representaciones de partes genitales de menores de dieciocho años de edad con fines predominantemente sexuales”. Aún le resta cumplir cuatro años y nueve meses detenido para poder acceder a su libertad.

En la resolución, el TOF establece tres condiciones para efectivizar la prisión domiciliaria. La primera es que antes de que pueda salir de prisión, con el control de una tobillera electrónica, el reo debe conseguir que un tercero deposite 100 mil pesos como fianza. Esa condición debe cumplirse “sí o sí”, dice la resolución. La segunda es que se le haga el test para descartar que ya no tenga coronavirus. La tercera dispone que el beneficio de la prisión domiciliaria durará “exclusivamente por el plazo durante el cual se encuentren vigentes los riesgos inherentes al contagio del COVID-19, debiéndose, una vez cesados, retornar al imputado a la unidad carcelaria pertinente para que continúe cumpliendo la pena impuesta y tomando todos los recaudos del caso en relación a la enfermedad en cuestión”.

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