El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este lunes el retiro definitivo del Estado nacional de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD), mediante la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 2/2026 en el Boletín Oficial. La medida aprueba el acuerdo modificatorio del histórico Acta del Farallón Negro y introduce cambios sustanciales en la Ley 14.771, que regula el funcionamiento del ente minero.
Según el texto oficial, el decreto convalida el “Acuerdo Modificatorio del Acta del Farallón Negro”, firmado el 15 de diciembre de 2025 por el Estado nacional, la Provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Tucumán, mediante el cual se dispuso el cese de la participación del Estado nacional en la gestión y funcionamiento de YMAD y el deslinde de toda responsabilidad futura que pudiera comprometer recursos del Tesoro Nacional.
El Estado Nacional deja su lugar deja su lugar en YMAD
A partir de la reforma, YMAD quedará conformada en un 60% por la Provincia de Catamarca y un 40% por la Universidad Nacional de Tucumán, sin intervención del Estado nacional. El decreto establece, además, que ambas partes podrán acordar en el futuro su retiro del ente o la incorporación de nuevos integrantes mediante la transferencia total o parcial de sus participaciones.
En esa línea, se modificó la integración del directorio: el presidente y dos vocales serán designados por la Provincia de Catamarca, mientras que los otros dos vocales quedarán a cargo de la Universidad Nacional de Tucumán, eliminándose la facultad que hasta ahora tenía el Poder Ejecutivo Nacional de nombrar al titular del organismo.
El decreto también redefine el marco jurídico de la empresa al establecer que, en sus relaciones con terceros, YMAD se regirá por el derecho privado, y actualiza los mecanismos de compras y contrataciones, que deberán ajustarse a principios de publicidad y competencia de precios.
En los considerandos, el Gobierno justificó la decisión en la necesidad de reducir el déficit fiscal, evitar potenciales compromisos financieros del Tesoro Nacional y avanzar en la racionalización del Estado, al considerar que “han dejado de existir” las razones que motivaron la participación nacional en la empresa minera.
La norma entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y será girada a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre la validez del DNU, conforme a lo establecido por la Ley 26.122.
Fuente: Ámbito





