Finalmente la Cámara Federal de Tucumán, a cargo del fiscal general, Antonio Gustavo Gómez, se pronunció respecto al pedido de apelación por el Ministerio Público Fiscal en contra de la resolución dictada por el Sr. Juez Federal de Catamarca N° 1 en el marco de la casa que investiga a la firma “RT Inversiones” por la comisión de delitos contra el orden económico y financiero.
Dicha resolución de fecha 16 de marzo de 2023 establece que. “Walter Daniel Rolón Reynoso, Gustavo Rolón Reynoso, Edith Reynoso, Gonzalo Barone y Gabriel Terreno formarían parte de una asociación destinada a la captación de divisas (pesos argentinos y dólares estadounidenses) con el objetivo de realizar operaciones no autorizadas por el Banco Central de Argentina y, a su vez, blanquear el dinero de origen espurio en el sistema financiero formal por lo que no correspondería hacer lugar a la entrega de los vehículos secuestrados”.
En ese marco, y ante el análisis del pedido de anulación de dicha resolución el tribunal de la Cámara Federal de Tucumán resolvió: “hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y por tanto revocar, parcialmente, la resolución venida en apelación de fecha 16/03/23 en tanto dispone hacer lugar al pedido de restitución en carácter de depositario judicial del rodado Peugeot Dominio AF089MA secuestrado en oportunidad del allanamiento del domicilio del imputado Gonzalo Barone. Y confirmar dicha resolución, en tanto dispone hacer lugar al pedido de restitución, en carácter de depositario judicial, de los rodados secuestrados en oportunidad de los allanamientos de los domicilios de los imputados Walter Daniel Rolón, Gustavo Rolón Reynoso y Edith Reynoso”.
En los fundamentos del fallo el tribunal destaca: “Entendemos que teniéndose presente que en los autos principales se investiga la comisión de diversos delitos tales como la intermediación financiera no autorizada, agravada por la utilización de publicidad, estafa, lavado de activos y habiéndose dictado el procesamiento de diversas personas imputadas, entendemos que por no resulta procedente hacer lugar a la entrega como depositario judicial del vehículo marca Peugeot 208, dominio AF89MA que fuera secuestrado en oportunidad del allanamiento de en el domicilio de Barone”.
“Respecto de la entrega como depositario judicial de los vehículos secuestrados en los domicilios de los restantes imputados (Walter Daniel Rolón, Gustavo Rolón Reynoso y Edith Reynoso), y en atención que fuera dictada en su favor falta de mérito en su favor, como bien señala el a quo en la propia resolución bajo examen, entendemos que no existen al presente obstáculos legales para la procedencia de tal entrega en el carácter de depositarios judiciales, en los términos del art. 238 del CPPN”, justifican.