Cada provincia debe elaborar un protocolo por la apertura de las iglesias

La apertura de los templos se pueden llevar a cabo en las diferentes provincias de Argentina, excepto para la región de AMBA y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que continúan en la fase 3 de el aislamiento preventivo social obligatorio.

La decisión administrativa del Gobierno nacional  incluye dentro de las actividades y servicios exceptuados en el marco de la pandemia, a las actividades religiosas individuales por lo tanto, no celebraciones culticas, en iglesias, templos y lugares de reunión correspondiente a entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.  

Al terminar el presente escrito se encuentran: la circular donde encontrarán esta información y el documento por parte de las autoridades nacionales, aprobado en las últimas horas del día ayer, 15 de mayo, con “PAUTAS PARA UN PROTOCOLO EN LOS CULTOS”. El mismo es una guía que servirá, para la elaboración de un protocolo propio, correspondiente a cada gobernación o municipio.

Además, de este documento, la Secretaría de Culto de la Nación, informó directamente a ACIERA que dicho protocolo debe ser elaborado por cada provincia o municipio siguiendo la normativa de salud correspondiente.

Volvemos a reiterar lo expuesto de manera oportuna a través de una carta a la pastoral  donde ACIERA aconseja a las iglesias “si bien el Gobierno nacional va regulando la salida de la crisis, la aplicación de las medidas está en manos de los gobiernos provinciales y eventualmente de los municipios. Todo lo que tiene que ver con la apertura de los lugares de culto, permisos para reuniones y demás actividades en los templos, queda bajo la órbita de los gobiernos municipales o provinciales. Por eso se producirán diferentes autorizaciones según la región correspondiente.  

Dada esta circunstancia recomendamos y alentamos a que las iglesias de cada ciudad trabajen mancomunadamente con los gobiernos locales a fin de establecer los pasos a seguir en el proceso de salida de la cuarentena, a la vez de colaborar en la elaboración de los protocolos pertinentes“.

Decisión Administrativa Número DECAD 2020 – 810 – APN- JGM (Descargar aquí) Pautas para un protocolo para cultos (Descargar aquí)

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