lunes, julio 1, 2024
14.8 C
San Fernando del Valle de Catamarca
Inicio Destacados Bullrich propone volver al núcleo flexibilizador de la ley “Banelco”

Bullrich propone volver al núcleo flexibilizador de la ley “Banelco”

La reforma laboral que impulsa la precandidata presidencial de Juntos por el Cambio Patricia Bullrich reproduce, en al menos tres de sus ejes centrales, el objetivo flexibilizador contenido en la ley 25.250 que sancionó en 2000 el gobierno de Fernando de la Rúa con un escándalo institucional que derivó en la renuncia del entonces vicepresidente, Carlos “Chacho” Álvarez.

Es que al igual que las propuestas de Bullrich, la norma denominada “Banelco” se basaba en el fin de la ultraactividad (la garantía de vigencia de los convenios de trabajo más allá de su vencimiento formal), la descentralización de las negociaciones colectivas y la reducción de las cargas patronales, entre otros puntos.

El corazón de la iniciativa laboral de la exministra de Seguridad de Mauricio Macri -y de Trabajo de De la Rúa- lo expuso la propia postulante esta semana en la exposición de la Sociedad Rural en Palermo. En apenas cinco minutos enumeró varios de los ítems coincidentes con la ley que signó el fin de la Alianza en 2000 y abrió un período de desgaste político y represión de las protestas que desembocó en diciembre del año siguiente en la renuncia de aquel gobierno.

Bullrich, además, le añadió otros tópicos no incluidos en aquella norma pero siempre presentes en el menú de reformas laborales de sesgo antisindical y orientadas a eliminar barreras de protección a los trabajadores. Entre ellos, y coincidentemente con la idea de su competidor en la interna de JXC, Horacio Rodríguez Larreta, planteó la necesidad de “desarmar el sistema de judicialización” laboral, así como “las multas y las tasas de interés que son imposibles” en alusión a las penalidades que se aplican contra los empleadores fuera de norma. También sugirió poner un tope de seis sueldos a la indemnización por despido y extender a otros rubros la modalidad de pago por cese de obra vigente en el gremio de la construcción (Uocra).

Un punto central mencionado por la precandidata fue “terminar con las leyes del 75” en aparente alusión a la mayoría de los convenios colectivos vigentes desde aquel año, así como con “un sistema vetusto y con el poder de una negociación teniendo la ultraactividad que impide modernizar los convenios colectivos”.

La ultraactividad es una cláusula que mantiene en vigencia un acuerdo de partes (empleadores y sindicatos) hasta la firma de uno nuevo, y su eventual cese implica la caducidad automática de cualquier mejora en un vínculo laboral con respecto al piso de derechos establecidos en la ley de Contrato de Trabajo. En una negociación salarial implicaría, por caso, la caída de las escalas y la remisión de todos los ingresos a los valores pautados en el salario mínimo, vital y móvil.

La denominada “ley Banelco” establecía en su artículo octavo: “Las partes pueden establecer distintas fechas de vencimiento para las cláusulas del convenio e inclusive otorgarles ultraactividad. Si no ejercieren esa facultad ni hubiere entrado a regir un nuevo convenio, las cláusulas de aquél perderán vigencia en un plazo de dos años contados a partir de la fecha en que una de las partes hubiere denunciado formalmente el convenio”. Es previsible el destino de un convenio colectivo si una cámara empresaria tiene resuelto perforar el piso de derechos consagrado y cuenta con un gobierno afín a sus demandas.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí