A partir del 1° de julio de 2025, regirán nuevas restricciones para las compras realizadas en el exterior por ciudadanos argentinos. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementará una serie de medidas orientadas a reducir la informalidad en las importaciones, reforzar el control fiscal y proteger la industria nacional frente a la competencia internacional.
La novedad más destacada es que las entidades bancarias y emisoras de tarjetas de crédito y débito estarán obligadas a reportar a ARCA todas las compras realizadas fuera del país por sus clientes. La información requerida incluirá: número y marca de la tarjeta, CUIT del emisor, fecha y país de la operación, moneda utilizada, monto en pesos y en divisa extranjera, nombre y código del comercio, y número de identificación del establecimiento.
Además, ARCA actualizó la lista de productos cuyo ingreso al país queda expresamente prohibido. Entre los artículos vedados se encuentran: mercadería con fines comerciales o industriales sin autorización, armas de fuego, explosivos, estupefacientes, material arqueológico o cultural, y electrodomésticos de línea blanca como cocinas, lavavajillas, estufas y aires acondicionados.
Límites establecidos por ARCA para ingresar compras por aduana
La resolución también reafirma los límites máximos de franquicia aduanera para compras realizadas en el exterior:
• Vía terrestre o fluvial: hasta u$s300 por persona.
• Vía aérea: hasta u$s500 por persona, con una franquicia adicional del mismo monto si se realizan compras en free shops.
• Menores de 16 años no emancipados: u$s150 por tierra o río, y u$s250 por vía aérea.
Para los viajeros y consumidores que operen con plataformas del exterior, ARCA recomienda cumplir con las normas vigentes: declarar correctamente los bienes ingresados, evitar productos prohibidos, conservar los comprobantes de compra y, en lo posible, optar por productos de pequeño volumen y fácil traslado.