Monti dio algunas apreciaciones sobre la subfacturación de Livent

Según un informe de AFIP,  la minera estadounidense Livent, operadora del proyecto de litio Fénix en Antofagasta de la Sierra, subfacturó 13.520.200 millones de dólares en 2022 y debería pagar una multa a la AFIP de 435.397.134 dólares en concepto de tres sumarios iniciados, y de los cuales uno de ellos fue apelado. Esto se suma a los 8 millones de dólares que había subfacturado entre 2018 y 2019. En ese marco,  el diputado nacional por Catamarca Francisco Monti se refirió al tema y recalcó que el daño puede ser irreparable si no se controla y reclama como es debido.

“Como es de público conocimiento, la AFIP lleva adelante un procedimiento de determinación de oficio a partir de la subfacturación de Livent ocurrida a partir del año 2018. Lógicamente, la AFIP lleva adelante el procedimiento a fin de determinar una acreencia en su favor en lo que respecta al Impuesto a las Ganancias”, remarcó Monti.

“Ahora bien, al haberse tergiversado los precios a los cuales exportó sus productos Livent, no solo se produjo un daño económico al fisco nacional sino también en relación al (i) “Aporte Mensual Adicional”, al (ii) Fideicomiso del salar del Hombre Muerto y los compromisos en materia de (iii)Responsabilidad Social Empresaria cuyo objeto es financiar el desarrollo de obras de infraestructura física dentro del territorio de la Provincia de Catamarca, en particular en las zonas de impacto e influencia directa o indirecta del proyecto Fénix”, sostuvo el precandidato a gobernador por el radicalismo.

En esa línea recalcó que “ambos conceptos se encuentran detallados en el punto 3 del contrato celebrado el 25 de enero de 2018, que modifica los aportes que debe realizar la empresa a la provincia asociados a la expansión del proyecto Fenix”.

“Para el Aporte Adicional se debe tomar el 2% del valor mensual de ventas, menos el monto de regalía devengado en ese mismo mes. En lo que refiere específicamente al Fideicomiso, el monto que se debe aportar al mismo por parte de la empresa equivale al 1,2% del valor anual de ventas y el 0,3% en Presupuesto de Responsabilidad Social Empresaria. Estos dos conceptos también se deben liquidar en base a los valores de venta declarados”, dijo el legislador.

“En base a todo lo expuesto surge un claro interrogante: asumiendo que existe un procedimiento de determinación de oficio de AFIP por Impuesto a las Ganancias. ¿Qué hizo el comité de administración del Fideicomiso del Salar del Hombre Muerto a partir de tomar conocimiento de que los valores de venta en base a los cuales se calculan los aportes del mismo estaban subestimados por parte de la misma empresa?

Aquí adquiere especial relevancia la composición del Comité de Administración -a cargo de la dirección, supervisión y control de dicho Fideicomiso- en cuanto dos de sus cinco integrantes son designados por Livent, lo cual pondría en cabeza de los representantes designados por el Estado Provincial la responsabilidad de formular el reclamo por los aportes que adeuda Livent a dicho fondo”, mantuvo Moti.

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