Las diputadas Carrizo, Gómez y Herrera promueven Casas de Refugio Transitorio para víctimas de violencia familiar

Las diputadas Silvana Carrizo, Cristina Gómez y Natalia Herrera presentaron un proyecto de Ley mediante el cual se promueve establecer la asignación de una vivienda de  todos los barrios que en el futuro sean construidos, en todo o en parte, con fondos provenientes del Estado Provincial o Nacional, y adjudicados por el Ministerio de Vivienda y Urbanización, a través del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) u organismo que en el futuro lo reemplace, destinada a las casas refugio para la mujer víctima de violencia de género, para su alojamiento transitorio y cuidado de ellas y sus hijos/as.

La iniciativa que tomará estado parlamentario en la siguiente sesión ordinaria señala en su articulado que se deberá garantizar que en todos los departamentos de la Provincia de Catamarca existan al menos una casa refugio para la mujer víctima de violencia de género, considerando que dicha cantidad deberá modificarse en razón de las distancias geográficas y tenerse en cuenta aquellas que presenten mayor incidencia en casos de violencia.

Asimismo se propone la creación del Sistema Provincial de Casas Refugio Transitorio para Víctimas de Violencia Familiar, que funcionan como albergues seguros ─de manera temporal─ y que se ubican estratégicamente en las ciudades cabeceras de los departamentos de la Provincia.

Estas Casas de Refugio Transitorio se trata de un alojamiento alternativo para aquellas situaciones de violencia familiar en las cuales la mujer, con o sin hijos, pueda ser derivada en forma transitoria a fin de superar la situación de riesgo y la urgencia que ello conlleva, y hasta que por medio de una contención de su entorno o del Estado, pueda reinsertarse en forma definitiva en un medio seguro.

Dichas casas para Víctimas de Violencia tienen por objetivo brindar protección, resguardo, albergue y acompañamiento inmediato de forma integral a las mujeres con o sin hijos, víctimas de violencia familiar en situación de alto riesgo físico y/o psíquico, con la finalidad de preservar su propia integridad y la de sus hijos, brindar un abordaje psicológico, social y jurídico y desarrollar acciones tendientes a la reinserción familiar, social, educativa y laboral para las víctimas a través de los propios recursos y de otras instituciones, el seguimiento y control de las altas debiendo a tal efecto instrumentar mecanismos de registración de datos y de evolución que detecten los profesionales responsables.

En cuanto a la permanencia de víctimas de violencia familiar en las Casas de Refugio Transitorio será determinada por la Autoridad de Aplicación que en este caso sería la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Catamarca, o al organismo que en el futuro lo reemplace.

Por su parte, también establecería que en aquellos barrios que ya estén construidos con fondos proporcionados por el Estado Provincial o Nacional y cuya adjudicación dependa del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) u organismo que en el futuro lo reemplace, donde haya disponible por lo menos una unidad habitacional, esta deberá ser destinada al alojamiento y cuidado de mujeres víctimas de violencia de género, de acuerdo a las pautas y lineamientos de la presente ley.

Prevenir, acompañar

“En virtud de los hechos de público conocimiento que sacudieron a nuestra provincia, se dejó al descubierto la ausencia del Estado en todos sus planos con respecto a las mujeres y las infancias, la ausencia de justicia, la ausencia de estructuras de contención, y el duro camino que deben atravesar en soledad quienes son víctimas de violencia machista” apunta entre sus fundamentos el proyecto tras agregar que la violencia de género “es un duro flagelo latente en nuestra sociedad, que no podemos considerar como hechos aislados. Todo lo contrario”.

De igual manera señalan que aquellos “fatales (y evitables) desenlaces vienen, en lo general, precedidos de hechos de violencia machista intrafamiliar que van escalando en su gravedad y frecuencia y que derivan en la muerte de muchas mujeres. En este orden, no podemos soslayar que en repetidas oportunidades las victimas de estas agresiones se ven imposibilitadas de alejarse o tomar distancia de donde conviven con el violento”.

“La vivienda, ya sea “de emergencia, de medio camino o permanente”, es un punto fundamental para ayudar a las sobrevivientes de violencia de género a dejar definitivamente la relación abusiva” expresan las legisladoras al tiempo de sostener que en numerosos casos estas mujeres se ven privadas de sus viviendas, sumando más desamparo a las complejas situaciones que ya deben atravesar, por lo que “la responsabilidad del Estado es indelegable”.

“Creemos indispensable garantizar a estas mujeres y a sus hijos e hijas un lugar donde puedan resguardarse el tiempo necesario y donde puedan contar con una asistencia y profesional interdisciplinaria contenedora, tomar las medidas necesarias para que las mujeres afectadas puedan elaborar un proyecto de vida y desarrollarse”, enfatizan.

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