Los diputados y senadores del radicalismo acordaron con Posse y Francos la incorporación en la Ley de Bases de un capítulo laboral que apunte a motorizar el empleo, sobre todo en las pymes.
Los legisladores nacionales de la Unión Cívica Radical (UCR) le llevaron a la Casa Rosada su propio proyecto de reforma laboral con el objetivo de que el Gobierno lo incorpore a la nueva versión reducida de la fracasada Ley Bases. Se busca convertir en ley un texto plasmado casi en espejo al capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei que suspendió la Justicia del Trabajo.
En ese sentido, ayer jueves el jefe de Gabinete Nicolás Posse recibió a los senadores y diputados de la UCR para consensuar un proyecto que será tratado en comisiones las próximas semanas.
Este viernes, el diputado radical, Francisco Monti, señaló a través de su red social “X”: “Presentamos desde @diputadosucr proyecto de #Ley para impulsar el empleo privado, incentivar la formalidad del empleo, terminar con los privilegios del sindicalismo y reducir costos laborales no salariales”, expresó Monti.
#ReformaLaboral
Presentamos desde @diputadosucr proyecto de #Ley para impulsar el empleo privado, incentivar la formalidad del empleo, terminar con los privilegios del sindicalismo y reducir costos laborales no salariales pic.twitter.com/OqtbChrh5k— Francisco Monti (@franmmonti) April 12, 2024
El proyecto de reforma laboral que la Unión Cívica Radical consensuó con el Gobierno nacional propone:
- 1. Reducción de la carga fiscal sobre el empleo: Proponer la actualización de la deducción aplicable a la base imponible de las contribuciones patronales, vinculándola al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), y hasta 5 empleados.
- 2. Libertad sindical: Eliminar las contribuciones obligatorias emanadas de los convenios colectivos (llamadas contribuciones de solidaridad) para garantizar la libertad sindical.
- 3. Educación como servicio estratégico esencial: Establecer la educación en los ciclos de escolaridad obligatoria como un derecho humano fundamental, limitando los conflictos colectivos de trabajo que pongan en riesgo este derecho.
- 4. Reducción de la litigiosidad: Derogación de artículos y leyes que complejizan el marco laboral actual y fomentan la litigiosidad, incluyendo aspectos de la ley N° 24.013, ley N° 25.013, ley N° 25.323, entre otras, y reducción sustancial de las multas. Esta medida tiene como objetivo reducir la litigiosidad y disminuir la incertidumbre sobre los costos de contratación y despido que produce la determinación en juicio de la indemnización.
- 5. Mecanismos sustitutivos de indemnización: establecer por convenio colectivo un fondo de cese laboral a cargo del empleador (con un aporte de hasta 8% de la remuneración) y dar la opción a un sistema de capitalización o seguro para solventar la indemnización.
- 6. Protección contra el despido por discriminación: agravamiento de hasta un 100% en la indemnización por despido motivado por un acto discriminatorio por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología, u opinión política
- 7. Registro laboral: Implementar de un sistema simplificado y electrónico para la registración laboral, asegurando eficiencia y simplificación de los trámites.
- 8. Periodo de prueba: Extender el período de prueba a seis meses, con posibilidad de terminación de la relación laboral sin derecho a indemnización, pero con obligación de preavisar.