Volando al Tribunal de Cuentas

El diputado Francisco Monti le puso orden, letra y formalidad a los reclamos y quejas surgidos por la compra del avión millonario, un tema que trascendió a nivel nacional y sobre el cual poco y nada respondió el Gobierno

Vale la inquietud del legislador, porque el gasto es gigante y todo el proceso está plagado de puntos flacos, sobre los que se necesitan respuestas y explicaciones.

Monti acude para eso al organismo que teóricamente está para indagar y velar por la transparencia de los actos administrativos, así que resta esperar que se verifique si hay gato encerrado detrás de la operación que les costó 9 millones de dólares a los catamarqueños.

¿Qué dice Monti? Dice lo que el Tribunal de Cuentas debió haber observado por sí mismo, enumerando paso por paso una transacción muy cuestionada.

En resumen, el diputado señala:

* Que se eludieron los mecanismos de la Ley de Inversión Pública

* Que se verifique el cumplimiento de los pasos legales

* Que se determine si la compra estuvo dirigida

* Que la Provincia autorizó la convocatoria mediante el procedimiento de contratación directa mediante decreto acuerdo para la adquisición de una aeronave Learjet 75 Liberty por U$S 8.950.000 (en el Boletín Oficial se agregan 50.000 dólares más)

* Que el ministerio de Planificación debe “analizar y emitir informes de pertinencia técnica de los proyectos de inversión” y a la vez, “elaborar informe de los resultados del análisis técnico y económico de los proyectos de inversión pública”.

* Que la intervención o pedido formulado por la secretaría de Aeronáutica de ninguna manera sustituye un informe de pertinencia técnica ni el análisis económico.

* Que el tema planteado adquiere especial relevancia a la luz del Decreto 2260 por el cual se aprueba la licitación pública internacional (N° 01/2020) para la adquisición de un avión Bi-Reactor (Jet) usado con equipamiento sanitario nuevo por la suma de $320.000.000. 

* Que pocos días antes de iniciar el procedimiento de compra de un avión nuevo por U$S 9.000.000, existía un trámite para la adquisición de una aeronave con la misma finalidad pero ‘usada’ y de precio sustancialmente menor al que finalmente se pretende adquirir.

* Que si resultaba apta, eficiente, conveniente y razonable la compra de un avión usado de U$S 4.119.432, ¿Cómo es que luego aparece una compra directa por una aeronave distinta y nueva por una suma que supera el doble de dinero?.

* Que queda clara entonces la contradicción e incongruencia del Gobierno que mal puede estar plasmada en un informe de pertinencia técnica ni análisis económico alguno habida cuenta de que no existiría manera de justificar semejante modificación en el objeto de compra.

* Que resultó ineludible para el Poder Ejecutivo evitar los mecanismos de la Ley de Inversión Pública para alcanzar la compra dirigida al Learjet 75 Liberty.

* Que el Gobierno no pudo echar mano a un mecanismo de contratación excepcional que se torna más excepcional aun teniendo en cuenta el monto sideral que representa para las arcas públicas la adquisición de una aeronave por U$S 9.000.000.

* Que es inaceptable y grave que el Ejecutivo se otorgue a sí mismo el nivel de discrecionalidad que le abra la puerta a determinar con absoluta liviandad que tamaña compra puede realizarse por licitación pública o por compra directa.

¿Le contestarán a Monti? ¡Suerte amigo! Nosotros vivimos preguntando y nadie da bola… a lo mejor esta vez les interesa el tema en el Tribunal de Cuentas. Hay más de mil millones de razones para interesarse.

El Catucho.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí