Subsidio de energía: ¿Cómo inscribirse al beneficio?

El subsidio a la energía provincial continúa aceptando nuevas inscripciones, pero el tiempo para hacerlo es limitado. Aquellos interesados en formar parte de este programa deben registrarse antes de una fecha límite establecida.

Para inscribirse en el programa de subsidio a la energía provincial, los interesados deben completar un formulario en línea, proporcionando sus datos personales y documentación requerida. Una vez registrados, las autoridades evaluarán cada solicitud y determinarán si los solicitantes cumplen con los requisitos establecidos.

Es importante destacar que este subsidio no es de carácter automático, es decir, no se aplica de manera generalizada a todos los habitantes de la provincia. Por lo tanto, es fundamental que aquellos que cumplan con los requisitos se inscriban antes de la fecha límite para poder acceder a este beneficio.

Hasta el momento, no se anunció una fecha exacta de cierre para las inscripciones, por lo que se recomienda a los interesados estar atentos a los comunicados oficiales emitidos por el gobierno provincial.

Tarifa social: ¿en qué consiste el beneficio?

Es un beneficio otorgado por el Estado Provincial, el cual subsidia el 100% de los primeros 400 KWH bimestrales o 200 KWH Mensuales + el 50% del Cargo Fijo de la factura de Energía. Si el usuario supera los 1000 KWH bimestrales se suspende el subsidio. El padrón de Beneficiarios estará aprobado por el Ministerio de Servicios Públicos según Decreto S.P. Nro. 1264/2013 y normas complementarias.

¿Quiénes pueden acceder?

  • Jubilados y/o Pensionados que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) SMVM
  • Grupo Familiar cuyo ingreso mensual no supere en su totalidad el equivalente a DOS Salarios Mínimo, Vital y Móvil
  • Personal incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844)
  • Beneficiarios de Asignación Universal por hijo, Asignación por embarazo, Monotributo Social, Pensiones no contributivas y cualquier otro programa social existente
  • Titulares veteranos de guerra de Malvinas
  • Solo podrán acceder al beneficio los titulares de suministros destinados a exclusivo uso residencial.
  • En ninguno de los casos anteriormente listados, la totalidad de los ingresos del grupo familiar, podrá exceder el equivalente a DO Salarios Mínimo Vital y Móvil ( 2 SMVM).
  • No podrán acceder a la tarifa de Interés social quienes posean más de un suministro a su nombre, se les haya comprobado FRAUDE al servicio de electricidad o registren deuda con la Distribuidora

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