El Poder Ejecutivo de la provincia decretó una serie de restricciones en el marco del sistema de Etapas de Convivencia ante el incremento de casos de COVID19 y la situación de estrés crítico de recurso material y humano al que se está sometiendo al sistema sanitario local.
En primer lugar, mediante el decreto 99/20, se establece que a partir de las 00 hs. del 12 de enero y por el plazo de 15 días, solamente se podrá circular en todo el territorio de la provincia entre las 7 hs y las 00 hs. Los días jueves, viernes y sábados la circulación se extenderá hasta las 01:30 del día siguiente.
Además, el decreto estipula la prohibición de circulación entre municipios, en todo el territorio de la Provincia, en el horario de 23:00 a 07:00 horas.
Por su parte, el artículo 5 del decreto 99/20 explica que será considerada falta disciplinaria sujeta a sumario y sanción disciplinaria en el ámbito de la Administración Pública Provincial, el incumplimiento de los protocolos y/o medidas que rigen para las distintas etapas previstas, atribuible a personal que preste servicio efectivo en cualquier organismo dependiente de este Poder Ejecutivo
Por otro lado, se modificaron los horarios para bares y afines en el marco de la Etapa Amarilla de Convivencia ya que los mismos podrán abrir al aire libre con el 70% de su capacidad y en espacios cerrados con el 30% de su capacidad, de domingo a miércoles hasta las 23:30 hs.; y jueves, viernes y sábados por la noche el horario de cierre se extenderá hasta las 01:00 hs. del día siguiente.