
La Justicia laboral le puso un freno a un tramo clave de la reforma laboral impulsada por el Gobierno. A través de una medida cautelar, suspendió más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802), sancionada a fines de febrero, tras una presentación de la CGT que cuestiona su constitucionalidad.
La resolución lleva la firma del juez Raúl Ojeda, quien entendió que existen motivos suficientes para interrumpir la aplicación de esas normas hasta que se resuelva el fondo de la discusión. En otras palabras, los cambios quedan en pausa mientras se define si la ley respeta o no el marco constitucional.
El planteo fue impulsado por la conducción de la CGT, que advirtió sobre una posible afectación de derechos adquiridos y un perjuicio inmediato para los trabajadores. El juzgado hizo lugar a ese argumento de manera provisoria, al considerar que hay indicios sólidos de que podrían verse comprometidas garantías laborales vigentes.
En su fallo, Ojeda habló de una “verosimilitud del derecho calificada”, un criterio que, en términos simples, implica que el reclamo tiene sustento suficiente como para justificar una medida urgente. También reconoció la legitimidad de la central obrera para impulsar la acción judicial, al tratarse de cuestiones que involucran derechos centrales como la organización sindical, la negociación colectiva y el derecho a huelga.
La decisión no es definitiva, pero marca un punto de inflexión en el debate. Por ahora, todo queda como estaba antes de la sanción de la ley en los aspectos cuestionados. Será la sentencia final, tras un análisis más profundo, la que determine si esos artículos pueden aplicarse o no.




