La Justicia Electoral rechazó el pedido para que Santilli encabece la lista de LLA en PBA

La Justicia Electoral rechazó el pedido para que Diego Santilli encabece la lista de La Libertad Avanza en Provincia. El oficialismo impulsaba que el diputado del PRO liderara la nómina, tras la renuncia de José Luis Espert a la candidatura. De esta manera quedará el frente de la lista la actriz, Karen Reichardt, que originalmente secundaba al economista en la nómina de Boleta Única de Papel (BUP).

El juez federal con competencia electoral de La Plata, Alejo Ramos Padilla, determinó: “No hacer lugar a los corrimientos solicitados por la alianza La Libertad Avanza, y adecuar la lista de candidatos a Diputados Nacionales” para las elecciones legislativas nacionales del 26 de octubre.

El magistrado sí aceptó la renuncia de Espert a la postulación, en medio del escándalo del legislador libertario por sus vínculos con el empresario, Federico “Fred” Machado, investigado por narcotráfico, y que será extraditado a Estados Unidos.

Previamente la fiscal electoral de La Plata, Laura Rotetadictaminó que Santilli no podía reemplazar a Espert. Roteta consideró que hacer lugar al reclamo de LLA habría significado desconocer el objetivo de la paridad de género y sus normas, que buscan revertir situaciones de desigualdad estructural de las mujeres en la participación política.

Las claves del fallo de la Justicia Electoral que rechazó el pedido para que Santilli encabece la lista de LLA en PBA

Ramos Padilla declaró “la inconstitucionalidad de la aplicación del artículo 7 del Decreto 171/19 para el reemplazo del primer candidato titular de la lista”.

El mencionado artículo establecía: “Cuando un precandidato o precandidata o un candidato o candidata oficializado u oficializada falleciera, renunciara, se incapacitara permanentemente o fuera inhabilitado por cualquier circunstancia antes de la realización de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias o de las elecciones generales, será reemplazado por la persona del mismo género que le sigue en la lista”. Justamente ese artículo había sido uno de los argumentos de los apoderados de LLA.

El juez determinó en sus argumentos de rechazo del pedido para que Santilli encabece la lista de LLA en PBA:

  • “La ley no ha regulado expresamente cómo debe efectuarse el reemplazo ante la renuncia de un candidato ya oficializado“.
  • “El Código Electoral Nacional exige únicamente que la lista de candidatos oficializada cuente con una mujer y un varón intercalados en todos sus puestos desde el comienzo hasta el final de la lista”.
  • “La Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Cámara Nacional Electoral declararon inconstitucional la aplicación de dicho decreto reglamentario en el reemplazo de quienes encabezan la lista de senadores, al menos cuando dicha situación perjudicaba a una candidata mujer”.
  • “La aplicación de dicho Decreto 171/2019 en este caso implicaría un exceso en la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo y un efecto contrario al buscado con la sanción de la ley de paridad de género”.
  • “Resultaría contrario a dichas previsiones de rango constitucional habilitar que, a través de la renuncia de dos candidatas mujeres, la alianza pudiera forzar la mejora en la posición de todos los candidatos varones de la lista titular en perjuicio de las candidatas mujeres”.
  • “Resulta inadmisible que renuncias producidas en los últimos puestos de la lista de candidatos/as modifiquen la posición de los primeros puestos de la lista”.