La decretocracia en Decretolandia

La pandemia por coronavirus le provocó al gobernador Jalil una especie de fiebre de los decretos. Si fuera una enfermedad, se podría llamar decretitis, y su síntoma principal sería la firma compulsiva y desprolija de decretos. Un estado que atrapó al mandatario durante los últimos 15 meses y lo llevó a rubricar instrumentos legales de forma descontrolada, abundante y caótica. Instalando en Catamarca una especie de decretocracia.

Este estado se apoderó del Gobernador en el inicio mismo de la pandemia. De hecho, desde que asumió la gobernación en diciembre de 2019, hasta la aparición del coronavirus en Argentina en marzo de 2020, tres meses en total, Jalil no había firmado ningún decreto. Pero, con la llegada del virus al país y la toma de las primeras medidas para frenarlo, se desató el frenesí.

El primer decreto de la era Jalil, el Nº 543, se firmó el 12 de marzo y se publicó al día siguiente en el Boletín Oficial. El instrumento, que a posteriori se transformaría en el primero de una abultada lista, establecía las primeras restricciones “para evitar la propagación de las epidemias de dengue y covid-19”.

“El ministerio de salud prohíbe, por quince días, la realización de todo evento masivo, público o privado, de carácter cultural, deportivo, religioso o recreativo”, decretaba el Gobierno con las firmas de Jalil y la ministra de Salud, Claudia Palladino. Luego, le seguirían una tracalada de decretos, de los más variados.

Hasta estos primeros días de junio, un año y tres meses después, el gobernador firmó 81 decretos, sólo contabilizando los que están relacionados con la pandemia y las medidas de lucha contra el coronavirus. Prohibiciones, habilitaciones, disposiciones, requisitos, fases, semáforos, restricciones, permisos, multas, prórrogas, rectificaciones… Ocho decenas de decretos.

Lógicamente, no se puede desconocer el escenario inédito y urgente que planteó la pandemia, que justificó la toma de decisiones de forma directa y expedita. Pero lo que debería haber sido un estado de excepcionalidad, el Poder Ejecutivo tomándose atribuciones legislativas, se naturalizó.

Muchas de las disposiciones emanadas desde el Ejecutivo afectaron derechos y libertades constitucionales, como la de transitar, la de la libertad de reunión, de trabajar o educarse. Aun así, fueron aceptadas y mayormente acatadas. Pero la saturación que generó la abundancia, casi grotesca, de decretos, con órdenes y contraordenes, deslegitimó el mecanismo de gobierno.

El problema de la decretitis no es solo la cantidad sino también la calidad de los instrumentos legales. Si alguien se tomara el trabajo de hacer un digesto con todos esos decretos, quedaría en evidencia que el problema no es solo cuantitativo, sino también cualitativo.

Ambiguos, incompletos, con incoherencias internas y contradicciones con otros decretos, el andamiaje normativo que el Gobierno impuso para gestionar la pandemia se asemeja a un laberinto. Hay decretos cuya vigencia duró apenas horas. Decreto rectificados con otros decretos publicados un día después. Restricciones flexibilizadas, cambios de horarios, listados de actividades modificadas, cambios en la lectura de los indicadores, cambios en las fórmulas para determinar la situación epidemiológica, modificaciones en los requisitos para circular e ingresar a la provincia… 

“Ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat”, señala el principio jurídico clásico de que “la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley”. Indica que  el desconocimiento de la ley, el decreto en este caso, no sirve de excusa para su incumplimiento, porque rige la necesaria presunción de que si ha sido promulgada, debe ser por todos conocida. Un principio razonable en un escenario legal ordenado y sensato. Todo lo contrario a lo que sucede en Catamarca desde el inicio de la pandemia.

La situación se agrava cuando, además de ordenar se establecen castigos y sanciones para los incumplimientos. Por un lado porque se está avanzando sobre las facultades del Poder Legislativo. Y por otro, porque los supuestos regímenes sancionatorios padecen una preocupante pobreza en su redacción y desarrollo, planteando solapamientos y vacíos gravísimos para cualquier norma que pretende imponer el orden a fuerza de las multas y los castigos.

Además, si bien este estilo de Gobierno directo fue adoptado principalmente para la gestión de la pandemia, los decretos también fueron aprovechados para muchas otras cuestiones para nada urgentes, que se podrían haber debatido en el ámbito legislativo natural. La creación de la Caja de Prestaciones Sociales de Catamarca, la creación de la Agencia de Recaudación Catamarca, el nuevo Régimen de Participación Municipal de Impuestos, la derogación de la ley de Regalías Mineras y la aplicación de un nuevo sistema de distribución, la modificación del status del IPV y Vialidad, son algunos ejemplos. Decretos, decretos y más decretos.

Ni hablar del pandemonium que se provocó cuando la Provincia habilitó a los municipios a establecer sus propios gobiernos por decreto, generando aberraciones juridicas, producto de la ignorancia e incapacidad de los equipos legales municipales. Muchos de los cuales, impedidos mecánicamente para redactar sus propios decretos, hacían copy paste y terminaban publicando decretos con errores inauditos.

La comodidad de no consultarle a nadie y, con solo estampar la firma, convertir una idea en norma, tentó al Gobierno a adoptar una Decretocracia. Avalancha de decretos, para transformar en ley las directivas del mandatario, aunque estas tengan que ser rectificadas a los diez minutos. Mientras tanto, la sociedad intenta enterarse y acatar la norma vigente para no quedar en falta y ser castigados en Decretolandia

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