Finalizó la doble indemnización que estaba vigente desde 2019

Desde hoy dejó de regir el recargo indemnizatorio que estaba en vigencia desde la asunción de Alberto Fernández, en diciembre de 2019. La mal llamada doble indemnización, que hasta ayer le adicionaba un 25% al monto regular del pago por despido con un tope de $500 mil, venció hoy tal cual lo fijaba el último decreto que la prorrogó, en diciembre pasado, y el Gobierno evitó extenderla con el argumento de la baja del desempleo verificada en los últimos meses.

La medida fue una de las primeras que adoptó el Jefe de Estado en el arranque de su mandato bajo el paraguas del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 34/2019 que estableció por seis meses la “emergencia pública en materia ocupacional”. En esa oportunidad, y al igual que hizo Eduardo Duhalde en 2002 y mantuvo Néstor Kirchner al comenzar su gestión, pautaba la duplicación del monto indemnizatorio en caso de los despidos sin causa justa.

Desde el inicio de su vigencia la doble indemnización -que no alcanzó a los contratos pactados después de la normativa ni al empleo público- se prorrogó por decreto en varias oportunidades. La última de ellas lo hizo mediante el DNU 886/21 que pautó un mecanismo de reducción gradual hasta la desaparición total del recargo. Ese diseño contempló una reducción del adicional del 100% al 75% por el primer bimestre de este año; al 50% para el período de marzo y abril, y del 25 por ciento hasta mitad de año.

Las últimas mediciones del desempleo según el INDEC marcaron valores del 7 por ciento, argumento que tomaron en el Gabinete económico para despejar cualquier duda sobre la eventual continuidad de la norma. Ya desde principios de año había caído la vigencia de la prohibición de los despidos, otra decisión de Alberto Fernández pero en ese caso tomada en el arranque de la pandemia, en 2020. En el Gobierno recordaron que para establecer una salida de la “doble indemnización de Duhalde, su sucesor, Néstor Kirchner, la condicionó a que la desocupación se redujera a un dígito.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí