Un fallo del Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer en un plazo máximo de 24 horas todas las pensiones por incapacidad laboral que habían sido suspendidas en distintos puntos del país. Además, el organismo deberá abonar los haberes retenidos desde la interrupción de los pagos.
La medida judicial se dictó en el marco de una acción colectiva presentada por organizaciones de personas con discapacidad y el Defensor del Pueblo de Catamarca, quienes denunciaron la vulneración de derechos fundamentales tras la aplicación del Decreto 843/2024, mediante el cual el Gobierno nacional endureció los criterios para mantener los beneficios.
El juez consideró que las suspensiones masivas y uniformes afectaron derechos esenciales como la seguridad social, la salud, la igualdad ante la ley y la vida independiente. Asimismo, calificó al colectivo afectado como homogéneo y resolvió que el fallo tenga efectos de alcance nacional.
En otro de sus puntos, la sentencia prohíbe a la ANDIS realizar nuevas auditorías o suspensiones basadas en el mencionado decreto, hasta tanto no haya una sentencia firme. El organismo deberá abstenerse de emitir disposiciones que impliquen nuevas bajas o revisiones que no garanticen el debido proceso.
La resolución representa un duro revés para el Gobierno nacional, que había justificado las suspensiones en el marco de políticas de ajuste fiscal. Diversas organizaciones denunciaban que más de 100 mil beneficiarios fueron dados de baja sin notificación previa ni posibilidad de defensa, en un contexto atravesado por investigaciones por presuntas irregularidades dentro de la agencia.