Contratar personal para tareas de casa particular en Argentina implica más que acordar un salario: quienes emplean a una trabajadora del hogar tienen una serie de obligaciones legales que deben cumplirse sin excepción, sin importar la cantidad de horas trabajadas.
Registro del vínculo y formalización
Toda relación laboral con una empleada doméstica debe estar registrada ante la AFIP (hoy ARCA), independientemente de cuántas horas se trabajen por semana o si la empleada presta servicios en varios hogares.
Eso significa que el empleador debe:
- Dar el alta en el sistema con clave fiscal.
- Registrar correctamente la categoría laboral según el convenio correspondiente.
- Informar datos personales y laborales (CUIL, domicilio, obra social, CBU, etc.).
- Generar recibos de sueldo mensuales y entregarlos firmados.
- Pagar los aportes y contribuciones mensuales obligatorios.
Aportes, contribuciones y beneficios
Una vez registrada formalmente la trabajadora, el empleador está obligado a abonar mes a mes:
- Aportes previsionales (jubilación).
- Contribución patronal.
- Cuota de obra social.
- Seguro de riesgos del trabajo (ART).
Estos pagos aseguran derechos como jubilación, cobertura de salud y protección ante accidentes laborales.
Además, corresponde el pago de:
- Sueldo conforme a la categoría y jornada laboral pactada.
- Aguinaldo anual complementario (SAC).
- Vacaciones pagas y licencias legales.
Adicionales y recargos
Las empleadas domésticas también tienen derecho a:
1% de antigüedad por cada año trabajado con el mismo empleador.
30% adicional en zonas desfavorables (como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el Partido de Patagones).
En cuanto a las horas extras, la normativa establece:
50% de recargo para horas trabajadas de lunes a viernes y hasta las 13 h del sábado.
100% de recargo para horas después de las 13 h del sábado, domingos o feriados.
Salarios mínimos vigentes para enero 2026
Los salarios se determinan según la categoría, modalidad (con o sin retiro) y cantidad de horas trabajadas. Estos son algunos de los montos mínimos legales que se pagan en enero por lo trabajado en diciembre de 2025:
Supervisora:
- Con retiro: $471.956,01 mensuales y $3.783,33 por hora
- Sin retiro: $525.712,99 mensuales y $4.143,70 por hora
Personal para tareas específicas:
- Con retiro: $438.475,56 y $3.582,79 por hora
- Sin retiro: $488.091,78 y $3.926,84 por hora
- Caseros (sin retiro): $427.821,61 y $3.383,54 por hora
Asistencia y cuidado de personas:
- Con retiro: $427.821,61 y $3.383,54 por hora
- Sin retiro: $476.755,68 y $3.784,32 por hora
Personal para tareas generales:
- Con retiro: $384.713,01 y $3.135,99 por hora
- Sin retiro: $427.821,61 y $3.383,54 por hora
Además de estos importes básicos, el empleador debe sumar los adicionales por antigüedad y otros beneficios si corresponde.
Por qué es importante cumplir con la normativa
Formalizar la relación laboral no solo cumple con la ley, sino que protege tanto a la empleadora como a la empleada, garantizando acceso a derechos como obra social, aportes jubilatorios, vacaciones pagas, licencias y seguro ante accidentes laborales.





