El seguro vigente y la VTV mantienen su obligatoriedad para circular

El pasado miércoles, el presidente Javier Milei anunció un “mega DNU” con modificaciones a más de 300 leyes, entre las cuales se incluye la Ley de Registro de Propiedad Automotor.

No obstante, ante la confusión generada respecto a los documentos necesarios para los conductores, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) enfatiza que la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y del seguro sigue siendo un requisito imprescindible para circular con vehículos motorizados en la vía pública.

El Decreto 70/2023, publicado recientemente en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361, se refiere específicamente a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no afecta a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa actual que establece la obligatoriedad de ambos requisitos.

En este contexto, y ante la proximidad de las Fiestas y las vacaciones de verano, la ANSV recuerda la documentación y elementos esenciales para viajar:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Licencia Nacional de Conducir.
  • Cédula verde o azul.
  • Comprobante de seguro en vigencia.
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente).
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
  • Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

Además, se recomienda revisar los siguientes puntos en la mecánica del vehículo antes de emprender un viaje:

  • Funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo.
  • Presión de los neumáticos.
  • Buen estado de la rueda de auxilio.
  • Nivel adecuado de aceite, líquido refrigerante y de frenos.

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