El Jury contra el Fiscal Costilla fue suspendido hasta que la Justicia Penal se expida

El proceso de Jury de Enjuiciamiento contra el Fiscal Hugo Costilla fue suspendido temporalmente por decisión del Tribunal de Enjuiciamiento de la Provincia de Catamarca, a la espera de lo que resuelva la Sala Penal de Doble Conforme en relación con una causa penal en la que el funcionario judicial está directamente implicado.

Según pudo confirmar este medio, la medida fue tomada en virtud de la revocación de un fallo de extinción de la acción penal, originalmente dictado en favor de imputados en una causa que involucraba un acuerdo económico de ocho millones de pesos.

El fallo había sido revocado por la Corte de Justicia de Catamarca a pedido del Fiscal General Alejandro Gober, y actualmente se encuentra bajo análisis de la Sala Penal de Doble Conforme por pedido de la defensa de los imputados, que deberá decidir si corresponde reactivar el proceso o mantener el sobreseimiento.

Una decisión que marca el rumbo del Jury

El Fiscal Hugo Costilla fue denunciado por su intervención en dicho acuerdo, y la denuncia fue presentada por el Diputado Provincial Hugo Ávila. El legislador lo acusa de una presunta actuación irregular, que motivó la apertura del procedimiento disciplinario.

Consultado por este medio, el Dr. Diego Quinteros Martínez, abogado asesor del Diputado Ávila en esta causa, explicó que la suspensión del Jury responde a una decisión de prudencia institucional por parte del tribunal.

“El Tribunal de Enjuiciamiento entendió que no corresponde juzgar la conducta del Fiscal mientras se encuentra pendiente una decisión clave en sede penal. Esto evita cualquier contradicción entre resoluciones y asegura un proceso disciplinario legítimo”, explicó el letrado.

¿Qué es la Sala Penal de Doble Conforme?

Se trata de una instancia judicial prevista para garantizar que toda persona —o en este caso, parte del proceso penal— pueda acceder a una revisión completa de las decisiones que afectan derechos fundamentales, como lo establece la Constitución Nacional y los tratados internacionales.

En este caso, lo que está en juego no es una condena penal, sino la legalidad de un acuerdo que permitió cerrar una causa judicial compleja, y en el que el Fiscal Costilla habría tenido una actuación central.

¿Cuánto puede demorar la Sala Penal?

Sobre los tiempos que puede demorar la resolución de la Sala Penal de Doble Conforme, el Dr. Quinteros Martínez explicó que, si bien no hay un plazo taxativo, tanto el Código Procesal Penal de Catamarca como los principios que rigen la justicia penal exigen que se actúe con celeridad y sin dilaciones indebidas.

“La ley exige un trámite ágil. La Sala Penal debe resolver sin demoras injustificadas, conforme al principio de economía procesal y al derecho de las partes a obtener una decisión razonablemente pronta”, sostuvo el abogado.

El principio de celeridad procesal, presente tanto en la legislación local como en los tratados internacionales que integran el bloque constitucional, obliga a los tribunales a evitar dilaciones innecesarias que puedan afectar el acceso a la justicia o el debido proceso.

La causa sigue abierta

Mientras tanto, el procedimiento disciplinario contra el Fiscal Costilla no se archiva, sino que queda en pausa hasta que la Sala Penal de Doble Conforme emita su resolución.

Desde el entorno del Diputado Ávila aseguraron que seguirán acompañando el proceso con atención y respeto por los tiempos judiciales, y que continuarán informando a la ciudadanía cada avance relevante.

“La sociedad merece saber que este tipo de situaciones se analizan con responsabilidad, con transparencia y sin presiones externas”, cerró el Dr. Quinteros Martínez.