El Gobierno provincial fijó el período de receso invernal para la Administración Pública

Mediante el decreto N°1829, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso la “Feria Invernal” para toda la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados y/o Autárquicos) por el lapso de cinco días hábiles.

El receso será otorgado en los siguientes períodos:

-Del 10 de julio al 14 de julio.

-Del 17 de julio al 21 de julio.

El instrumento legal establece que los titulares responsables (ministro, secretario, etc.) de las distintas reparticiones dispondrán lo pertinente para que el personal sea distribuido en uno de los turnos señalados precedentemente y en forma proporcional a fin de asegurar la cobertura normal de los servicios.

Además, señala que “en ningún caso la feria o licencia de invierno será compensada con dinero o podrá tomarse en otra época del año”.

Por último, se dispone para los beneficiarios de becas y el personal contratado bajo la modalidad de Locación de Obra, la no concurrencia a sus lugares de prestación de tareas, quedando facultadas las autoridades superiores a determinar los días que le corresponden a cada beneficiario o contratado durante el receso invernal administrativo.

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