Condenan a Mercado Libre por el vaciamiento de una billetera virtual tras el robo de un celular

El Juzgado Nacional en lo Comercial N°7 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a la empresa Mercado Libre S.R.L. a indemnizar con $560.000 a una usuaria cuya billetera virtual fue vaciada tras el robo de su celular. La víctima, identificada como I.M.S.C., denunció que en cuestión de minutos le transfirieron todos los fondos desde su cuenta de Mercado Pago, realizaron compras y hasta tomaron un préstamo a su nombre.

El hecho ocurrió el 23 de agosto de 2022, cuando la mujer advirtió la sustracción de su teléfono mientras esperaba el colectivo en la avenida Leandro N. Alem al 500. A pesar de bloquear inmediatamente la línea, al ingresar luego desde una computadora comprobó que habían vaciado su cuenta: le transfirieron $360.000, realizaron consumos con una tarjeta asociada por $35.000 y le tomaron un crédito por $26.574,66.

En su demanda, la afectada sostuvo que la empresa incumplió su deber de seguridad como prestadora del servicio, al permitir que un tercero accediera a su dinero y operara libremente con sus medios financieros. Mercado Libre, por su parte, se defendió argumentando que, de haber existido un uso indebido, fue responsabilidad exclusiva de la usuaria.

El juez Fernando D’Alessandro rechazó esa postura y recordó que, aunque Mercado Pago no es una entidad bancaria tradicional, actúa como proveedora de servicios financieros en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor. “Las plataformas digitales deben ser consideradas entornos riesgosos, con potencial de causar daño, por lo que tienen un deber preventivo que incluye ofrecer seguridad suficiente y advertencias adecuadas a los usuarios”, remarcó en su fallo.

El magistrado subrayó que la responsabilidad de la empresa no se basa en haber cometido el robo, sino en no haber impedido el accionar fraudulento. Si bien el sistema contaba con opciones de seguridad como PIN, contraseñas y verificación biométrica, ninguna de ellas era obligatoria. “Si el celular se encontraba desbloqueado al momento del hurto, el ladrón pudo acceder directamente a la aplicación y operar como si fuera el titular”, explicó D’Alessandro.

En ese contexto, el juez concluyó que no puede imputarse a la usuaria el incumplimiento de medidas de seguridad, ya que la configuración biométrica —la única más efectiva para impedir el acceso— no era un requisito obligatorio. En consecuencia, ordenó que Mercado Libre le pague $360.000 por el monto sustraído y $200.000 por daño moral debido a la angustia sufrida.

En cambio, el fallo rechazó los reclamos por lucro cesante y daño punitivo, al no encontrar elementos suficientes para justificar una condena adicional.