¿Qué novedades hay para Ganancias en los últimos meses del año?
La AFIP recientemente actualizó en su sitio web los valores para el cálculo del impuesto a las ganancias, aplicables a los ingresos percibidos desde septiembre. Este ajuste responde a la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, aprobada en junio, la cual modificó el régimen del tributo sobre ingresos laborales y previsionales. Como resultado, más personas estarán sujetas al impuesto en comparación con los primeros meses de 2024.
El reajuste aumenta los montos de ingresos no gravados (ganancia no imponible y deducciones) y ajusta la tabla de alícuotas. Esto eleva el salario mínimo alcanzado por el impuesto y reduce los importes a tributar para quienes queden afectados.
Para asalariados, cuando la reforma entró en vigencia en julio, el mínimo para tributar era de $1.800.000 en bruto ($1.494.000 en neto) para empleados sin deducciones familiares. Para quienes deducen cónyuge y dos hijos, el umbral en agosto era de $2.387.082 en bruto ($1.981.278 en neto), y de $2.094.799 en bruto ($1.738.683 en neto) si solo se deducen dos hijos.
¿Cómo afecta el reajuste a los salarios que tributan?
La actualización, aplicable desde septiembre, se basa en la inflación acumulada en junio, julio y agosto, resultando en un incremento del 13,35%. Con esto, el mínimo imponible para un trabajador sin deducciones sube a $2.040.300 en bruto ($1.693.449 en neto), mientras que para quien deduce cónyuge y dos hijos será de $2.700.408 en bruto ($2.245.779 en neto).
El alivio completo no será inmediato, ya que el cálculo definitivo del impuesto se realizará en abril de 2025. Además, aunque el reajuste reduce la presión tributaria, no compensa el aumento de la inflación, que fue del 33% entre abril y octubre.
¿Cuándo se notará el impacto del ajuste?
Según lo establecido por la AFIP, el aumento del 13,35% se aplicará en el cálculo final del impuesto de 2024, que se liquidará en abril de 2025. Hasta entonces, los salarios sufrirán retenciones superiores a las necesarias.
¿Por qué la actualización actual es excepcional?
La ley prevé dos ajustes anuales, en enero y julio, basados en la inflación. Sin embargo, debido a la entrada en vigor de la ley en julio, solo habrá un reajuste para septiembre en 2024. En 2025, se aplicarán nuevas actualizaciones en enero y julio, siguiendo la variación de precios.
¿Qué pasará con los descuentos en lo que resta de 2024?
El esquema actual contempla un reajuste parcial, por lo que hasta fin de año las retenciones serán mayores a lo que correspondería con el ajuste completo. En la liquidación final de 2024, surgirán saldos a favor de los empleados.
Las empresas deberán recalcular el impuesto retenido en los salarios de agosto y septiembre, teniendo en cuenta que no solo el salario habitual, sino también otros ingresos, están gravados.
¿Qué deducciones pueden aplicarse para reducir el impuesto?
La ley aprobada en junio reintroduce deducciones por familiares a cargo y ciertos gastos como alquiler, educación, medicina prepaga, seguros, donaciones, intereses de créditos hipotecarios y gastos de indumentaria laboral. Para deducir cónyuge o hijos, estos deben cumplir ciertos requisitos de ingresos y edad.