El Gobierno oficializó las flexibilización de las condiciones de cancelación de deudas para empleadores y empleadoras que desarrollan actividades fuertemente afectadas por la pandemia de coronavirus. Hasta cuándo podrán acceder a las facilidades.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) flexibilizó las condiciones de los planes permanentes de pagos para los empleadores y empleadoras que desarrollan actividades críticas, con el objetivo de apoyar a la recuperación de los sectores afectados en el marco de la pandemia de coronavirus (Covid-19).
A través de la Resolución General 4992/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial el organismo suspendió el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del ingreso mensual de cada contribuyente.
“Estamos abocados en llevar alivio a los sectores más afectados para sostener el empleo y la actividad. La flexibilización de algunas condiciones de los planes permanentes de pagos es una respuesta favorable a pedidos específicos realizados por distintas cámaras empresarias que desarrollan actividades críticas”, expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, en un comunicado.
Trámites AFIP: quiénes pagarán deudas con facilidades
La medida beneficia a alrededor de 109.000 empleadores y empleadoras que podrán acceder a mejores condiciones en los planes de facilidades para regularizar deudas por un monto cercano a los $40.000 millones.
El beneficio aplicará a quienes al 19 de abril de 2021 o al momento de adhesión al plan, estén registradas como actividad principal en alguna de las afectadas en forma crítica.
Las herramientas previstas en la resolución publicada hoy se suman a las distintas políticas de asistencia instrumentadas por el Gobierno como el Programa de Reactivación Productiva II (Repro II) y la exención de las contribuciones patronales para los sectores críticos.