La Corte ratificó a los jueces desplazados hasta nuevas designaciones por concurso

Con un voto de mayoría de los jueces, se confirmó a los magistrados Bruglia y Bertuzzi en sus cargos de forma provisoria y mantuvo la validez de sus decisiones. El jueves se expedirán sobre Castelli.

Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli fueron los protagonistas de los titulares meses atrás, hasta que su caso quedó en manos de la Corte Suprema. Los tres jueces fueron trasladados durante la gestión de Mauricio Macri para cubrir vacantes en la Justicia Federal. Sin embargo, tras la ascensión de Alberto Fernández se ordenó la revisión de sus puestos. Al llegar al Senado, se dispuso por decreto dejar sin efecto sus traslados. Pero el caso logró arribar a la Corte a través de la vía excepcional del per saltum.

Este martes 3 de noviembre se conoció la decisión del cuerpo. La Corte Suprema de Justicia dispuso que los tres jueces continúen con sus cargos hasta que se realicen las nuevas designaciones a través de concurso. El voto resultó ser 4 a 1; la mayoría que dio el sí se constituye por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco. Por otra parte, Carlos Rosenkrantz -presidente del cuerpo- votó en contra de la restitución de los magistrados.

El fallo asegura que Bruglia, Bertuzzi y Castelli ocuparán los cargos de la Sala I de la Cámara Federal y del Tribunal Oral Federal 7. A la hora que comience el concurso por la asignación de nuevos puestos y ocupación de vacantes, los tres pueden participar del mismo con el fin de luchar por sus lugares correspondientes.

De ellos, quien se encontrará en el Tribunal Oral Federal 7 será Castelli. Allí podrá juzgar las causas que apuntan contra la actual vicepresidente Cristina Kirchner. En cuanto a los dos jueces restantes, se mantendrán en la Sala I de la Cámara Federal donde se reciben las causas más importantes que envuelven al poder político.

¿En qué se basó la sentencia? Pues la Corte definió tres claros fundamentos. En primer lugar, la Constitución reconoce los concursos públicos como único método de designación de jueces. Luego, los traslados no deben ni pueden entenderse como definitivos ya que se estaría yendo contra la identidad de la Carta Magna. Y por último, la designación discrecional de magistrados en cualquier zona del país podría afectar la independencia.

Bajo la misma línea, aclararon: “No hay en el texto de las normas de superintendencia cláusula alguna que sostenga que los traslados son definitivos ni pueden efectuarse -para llegar a semejante conclusión- una interpretación extensiva de aquellas que pueda sortear un test básico de razonabilidad”.

Y agregó: “Pretender que al preguntarse sobre la validez de unos traslados se respondió por la validez de nombramientos, convirtiendo a los primeros en los segundos, equivale a sugerir que por una acordada se puede reformar la Constitución. Este es un razonamiento que no resiste el más mínimo escrutinio jurídico e implica no solo tergiversar la pregunta y la respuesta sino, fundamentalmente, subestimar a este tribunal”.

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