“Es una aberración y una locura”, dijo el abogado de la víctima. La familia de la nena adelantó que apelará el fallo.
Este miércoles la Justicia absolvió a un hombre que había sido denunciado por tocar a su hija de seis años. Si bien el abuso se comprobó tanto por el testimonio de la víctima en Cámara Gesell como por el informe que después hicieron los peritos, el juez federal Martín Sebastián Peluso resolvió no avanzar en la causa con un insólito argumento.
“El juez dice que no tiene fundamentos para dudar que el tocamiento existió, pero que no se logró acreditar que ese tocamiento se realizó de manera libidinosa, es decir, con intención sexual. Es una aberración, un locura, que el juez explique con qué otro fin se hizo este tocamiento”, dijo el abogado de la menor, Andrés Bonicalzi, en diálogo con Télam.
Para el letrado, el testimonio de la víctima en Cámara Gesell y la conclusión de los médicos, que consideraron verosímil su relato, es evidencia suficiente para ir a juicio “en cualquier juzgado normal”. Es por eso, que ya anticipó su intención de apelar el fallo.
Por su parte, la mamá de la nena expresó: “Mi hija de seis años declaró que el padre le tocó su zona genital. El juez dice que no duda del relato de ella. ¿Qué más necesita la Justicia? Todas estas cosas desalientan a las víctimas para que declaremos. No fue fácil para mi hija atravesar todo esto, para que un juez venga a decirnos que el tocamiento en su vagina no es necesariamente un tocamiento vinculado a lo sexual. ¿Qué otra razón ve el juez para que un adulto toque la vagina de una menor de seis años?”.
“Tenemos una justicia perversa que encuentra las justificaciones más ilógicas para arribar a estas conclusiones que van en detrimento de la defensa de los chicos”, sostuvo la mujer destrozada y sin palabras para poder explicarle su hija la decisión judicial.
Tras el cuestionado sobreseimiento, la causa quedó en la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. “Vamos a apelar. Estamos pidiendo la revocación del fallo y el procesamiento del hombre”, concluyó el abogado perteneciente a la ONG Ayuda a Víctimas de Violación (Avivi). “No cabe duda alguna que el tocamiento a la vagina de la niña tal como fuera relatado por la menor resulta una conducta objetivamente impúdica”, resaltó Bonicalzi, e indicó que la nena “menciona lo sorpresivo y disruptivo del tocamiento en su zona genital, dijo que la hizo sentir mal y que se enojó”.
El fallo
En su fallo, el juez determinó que “sobre el episodio que atañe, consistente en el presunto tocamiento que le realizó su padre en la zona vaginal en una única ocasión, con posterioridad a la separación de los padres y mientras se encontraba en su domicilio, entiendo que tampoco se conforma un cuadro probatorio que permita asignarle el sentido apuntado por la querella”.
“Ningún elemento de los hasta aquí reunidos da cuenta de una actitud libidinosa o sexualizada (del padre) en esos comportamientos, desde lo físico, desde la palabra o aún desde la mirada”, escribió el juez Peluso.