La Justicia declaró nulo el protocolo antipiquetes impulsado por el Gobierno

El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11, declaró la nulidad del protocolo antipiquetes que había sido implementado por el Ministerio de Seguridad durante la gestión de Patricia Bullrich, actual senadora nacional. La resolución se conoció este lunes y fue dictada en el marco de un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

En su fallo, el magistrado sostuvo que el procedimiento vulneraba garantías constitucionales básicas y remarcó que las personas que hayan sido afectadas por la aplicación del protocolo podrán realizar denuncias individuales ante la Justicia penal. Para fundamentar su decisión, Cormick citó artículos de la Constitución Nacional vinculados a la defensa en juicio, la libertad personal y la prohibición de ser obligado a declarar contra uno mismo o a hacer aquello que la ley no manda.

“Ningún habitante de la Nación puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente”, expresó el juez en la resolución, en la que también recordó que las acciones privadas que no perjudiquen a terceros están exentas de la autoridad de los magistrados.

Cormick coincidió además con los planteos de los organismos que promovieron el amparo, al señalar que el protocolo implicaba una “represalia de derechos”. Según el fallo, se trataba de una respuesta de castigo no prevista en ninguna norma, vinculada a los sistemas de protección social del Estado, que resultaba extorsiva, desproporcionada y que afectaba de manera exclusiva a personas en situación de pobreza.

El esquema antipiquetes, ahora declarado inválido, habilitaba la intervención directa de las cuatro fuerzas federales —junto al Servicio Penitenciario Federal— ante cortes totales o parciales de calles y rutas, sin necesidad de una orden judicial previa. También contemplaba el uso de una fuerza “mínima y suficiente” para despejar la vía pública, con escalamiento según la resistencia de los manifestantes.

Entre otros puntos, el protocolo establecía la identificación obligatoria de quienes participaran u organizaran las protestas, el relevamiento de vehículos utilizados para el traslado de manifestantes y la posibilidad de aplicar sanciones como la retención o incautación de los transportes. Además, preveía dar intervención a la Justicia por supuestos daños ambientales y a organismos de protección en caso de presencia de niños o adolescentes, con sanciones para los adultos responsables, uno de los aspectos más cuestionados por el CELS.

Con esta decisión, la Justicia puso un freno a uno de los principales instrumentos de la política de orden público impulsada por Bullrich y abrió la puerta a eventuales reclamos judiciales por su aplicación.